bt2asociados nació hace 9 años como una Consultoría y Asesoría Técnica en Valencia y en el ámbito de Castellón y Alicante. Así, nos constituimos como una empresa de ingeniería y consultoría conformada por arquitectos técnicos, ingenieros de edificación e ingenieros con una amplia experiencia en el sector de la edificación y la construcción.

Noveno aniversario de bt2asociados, Asesoría Técnica en Valencia

Nuestro objetivo, desde un primer momento, es el de poner al alcance de todo emprendedor o emprendedora una nueva división de servicios relacionados con cualquier sector, especialmente con el de la salud y con la apertura de actividades.

Estos servicios van desde la calificación y certificación energética de edificios y viviendas hasta la tramitación de cédulas de segunda ocupación (cédula de habitabilidad):

  • Apertura de locales y proyectos de actividad
  • Tramitación del certificado energético y de informes
  • Rehabilitación y mantenimiento de viviendas
  • Informes de conservación e inspecciones técnicas de viviendas
  • Peritaciones judiciales, valoraciones y tasaciones inmobiliarias
  • Proyectos de obras, reformas, decoración y cualquier otro servicio dentro de las competencias profesionales
  • Seguridad y salud en obras de construcción
  • Autorización sanitaria en Valencia

En bt2asociados contamos con los mejores profesionales para que la obtención de licencias y certificaciones y el cumplimiento de la normativa se produzcan de manera adecuada.

bt2 asociados, Asesoría Técnica en Valencia

Para ello, ofrecemos servicios cuyos presupuestos se ajustan siempre a ti: precios competitivos y servicios rápidos, operativos y de máxima calidad.

Confía en nuestro equipo multidisciplinar

Desde que comenzamos la andadura hace 9 años, tenemos la satisfacción de haber realizado el trabajo correcto, siempre contando con los mejores profesionales, abogando por la formación continua  y cumpliendo la legislación vigente.

Por ello, nuestra experiencia gestionando proyectos de apertura y tramitando certificaciones e informes, como resultado de las inspecciones técnicas que desarrollamos, nos avala.

Desde bt2asociados queremos agradecer a todos quienes durante esta casi década han contado con nuestra asesoría técnica, ya sea para la apertura de un local, para la tramitación de la cédula de segunda ocupación, el certificado energético o la autorización sanitaria en Valencia, entre todos los servicios que venimos prestando.

Intentaremos seguir por el mismo camino para que iniciar una actividad no te suponga un quebradero de cabeza: en bt2asociados nos ocupamos de todo.

NUESTRO COMPROMISO Y NUESTROS PROFESIONALES MARCAN LA DIFERENCIA


TÉCNICO COLABORADOR PLAN RENHATA 2018 

bt2 asociados, con el ánimo de informar a todos nuestros clientes, les notificamos que hemos empezado la tramitación plan RENHATA 2018 para las primeras ayudas como técnicos colaboradores.

TRAMITACIÓN PLAN RENHATA 2018, ayudas REALIZADAS POR BT2 ASOCIADOS.

tramitación plan RENHATA 2018

Los pasos a seguir vienen indicados en el asistente de la tramitación.

tramitación plan RENHATA 2018

1.-Tramitación plan renhata 2018 página 1

Simplemente es una página informativa.

Una vez creada la solicitud de ayudas del plan renhata 2018, tienes 10 días para cumplimentar todos los documentos y registrar la ayuda, si no se borrara esta solicitud.

tramitación plan RENHATA 2018

2.-Tramitación plan renhata 2018 página 2

Es el formulario base para poder acceder a las paginas siguientes.

Por cada casilla que se marque en este documento, aparecerá una casilla nueva en la documentación a presentar de la página 3.

tramitación plan RENHATA 2018

3.- Tramitación plan renhata 2018 página 3

Esta página es la tramitación, en donde se aportan todos los documentos solicitados, pero con un pequeño inconveniente, para cada apartado, toda la documentación tiene que presentarse en un solo PDF.

Hasta que no tienes todos los apartados validados no se puede acceder a la página N.º 4 de registro

No olvidarse de los impresos asociados al expediente con firma del titular de la solicitud de ayudas del plan renhata 2018:

solicitud ayudas plan RENHATA 2018 domiciliación bancaria plan RENHATA 2018

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.-SOL·LICITUD D’AJUDES DEL PLA DE REFORMA INTERIOR D’HABITATGE. PLA RENHATA. CONVOCATÒRIA 2018

2.-MODEL DE DOMICILIACIÓ BANCÀRIA

registro plan RENHATA 2018

 

  4.-Registro plan renhata página 4

 

  • Técnico colaborador plan RENHATA 2018 LUIS DE TORRES
  • Técnico colaborador plan RENHATA 2018 RICARDO BELLIDO

cartel plan RENHATA 2018

Cartel informativo colocado en establecimientos.

Y lo más importante para nuestros clientes y lectores, recordaros que para esta tramitación no es necesario que el TÉCNICO COLABORADOR DEL PLAN RENHATA 2018 pertenezca a su municipio.

 

 

Desde bt2 asociados, te mantendremos informado sobre el plan Renhata 2018.

Consigue Fácil y Rápido tu tramitación de solicitud de ayudas al plan Renhata 2018, en Valencia, Castellón y Alicante.

En bt2 asociados, arquitecto técnico Valencia, consultoría y asesoría técnica especializada en tramites con la administración realizamos la tramitación necesaria, las gestiones y presentación, ante el Ayuntamiento de Valencia, Hacienda, Catastro, Conselleria… de todo tipo de documentos técnicos.

¡No olvides que puedes solicitarnos sin compromiso alguno y de manera totalmente gratuita y rápida el presupuesto para la tramitación de documentos con la administración, en Valencia y provincia!


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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, TRAMITAMOS LAS AYUDAS DEL PLAN REHATA 2018 EN VALENCIA Y PROVINCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE, de una forma rápida y a su mejor precio,  así como en todos los municipios de provincia.


ARQUITECTO TÉCNICO

 

arquitecto tecnico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aparejador, arquitecto técnico, ingeniero de edificación. Las tres titulaciones corresponden a la misma profesión: arquitecto técnico. La figura del Aparejador o Arquitecto Técnico consolida su relevancia con la promulgación de la Ley de Ordenación 38/1999 de 05 de noviembre (LOE) que define las intervenciones de los agentes del proceso de la edificación, otorgando al Arquitecto Técnico atribuciones que implican un reconocimiento de independencia, diferencia y autonomía en cuanto a funciones respecto a los otros profesionales intervinientes en el proceso constructivo.

Pero la formación y conocimientos del Arquitecto Técnico hacen de él un profesional versátil, idóneo para llevar a término actividades más allá de las tradicionales de diseño y aplicación de técnicas constructivas.

Una duda que tiene mucha gente es qué trabajos puede hacer un Aparejador o Arquitecto Técnico, pues a continuación dejo una lista con las intervenciones profesionales que puede realizar, una de las funciones más relevantes del arquitecto técnico es la Dirección de Ejecución de Obra y consiste en formar parte de la Dirección Facultativa, asumiendo la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de control de calidad y de cantidad en la construcción y la calidad de aquello edificado en las obras de nueva construcción, además de asumir la función de Coordinador de Obras.

FUNCIONES DEL ARQUITECTO TÉCNICO

Como experto en construcción y edificación que es, está capacitado para diversas actividades como técnico de cabecera o informes de evaluación de edificios. A continuación se muestran las principales tareas:

  • Tasaciones o valoraciones de inmuebles, para título particular, o partición de herencias.
  • Proyectos técnicos para apertura de negocios en locales públicos, para formalizar la licencia de apertura de un negocio (tienda/bar/oficinas, etc) es necesario presentar un proyecto técnico que justifique la normativa aplicable, en diversas materias.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Informes periciales/ patológicos.
  • Proyectos y direcciones de obra.
  • Proyectos de derribo, de cualquier naturaleza, ya sea derribo de viviendas o edificaciones de cualquier otro uso. Igualmente, la dirección de la obra de un derribo.
  • Licencias de actividad para espectáculos e instalaciones eventuales.
  • Certificados de antigüedad de inmuebles, en ocasiones es necesario certificar la antigüedad de un inmueble por diferentes motivos.
  • Cédula de habitabilidad de primera y segunda ocupación.
  • Informe de evaluación del edificio. Este informe es preceptivo en inmuebles de más de 50 maños de antigüedad, e informa del estado de conservación den el que se encuentra.
  • Plan de seguimiento y mantenimiento del edificio.
  • Técnico de cabecera.

 

La gestión del proceso inmobiliario, asesoramiento en las contrataciones y selección de compra de productos, la realización de los estudios y programación financiera de la promoción o el seguimiento y cumplimiento de los contratos de obras y de los contratos de suministros (Project management); las peritaciones y valoraciones inmobiliarias; la elaboración de informes sobre el estado de conservación y uso de edificios construidos; peritaciones judiciales y certificados, gestión de calidad del Medio Ambiente; planeamiento y gestión urbanística.

En bt2 asociados le asesoramos en todo el proceso edificatorio, tenemos experiencia en diferentes sectores y desde diferentes perspectivas del proceso edificatorio.

 

Disponemos de un equipo de arquitectos técnicos preparado y cualificado profesionalmente, con experiencia en especializada para cualquier servicio en edificación:  control y gestión de obras, oficina técnica, rehabilitación integral, informes técnicos en Valencia, ¡más rápido obteniendo el máximo beneficio!

¡Todas nuestras tarifas están ajustadas para ofrecer el mejor servicio a un precio competitivo, consúltenos sin compromiso, en Valencia y provincia!

¡Nuestro compromiso marca la diferencia!


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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, ofrecemos todo tipo de servicios en la edificación. Algunos: control y gestión de obras, oficina técnica, rehabilitación integral, informes técnicos en Valencia. De una forma rápida y a su mejor precio,  así como en todos los municipios de provincia.


TÉCNICO DE CABECERA, EL IEE.CV., Y EL PLAN RENHATA 2018

 

bt2 asociados nace como una consultoría altamente especializada en la prestación del Servicio de Técnico de Cabecera a Comunidades, Propietarios y Administradores de Fincas de viviendas e inmuebles en Valencia y provincia.

 

¿Qué tiene en común estos tres conceptos?

EL TÉCNICO DE CABECERA, EL IEE.CV., Y EL PLAN REHATA 2018

La conservación de los edificios en un estado óptimo.

Todo el mundo ha oído hablar del técnico de cabecera, pero que es lo que hace, pocos lo saben describir, también han oído hablar del IEE, el Informe de Evaluación de Edificios, pero aparte de decir que es “un impuesto, un saca dineros…”no saben más allá. Y del plan Renhata 2018, que decir “más dinero para los que tienen dinero”, esto son algunas de las opiniones que tiene la mayoría de los propietarios de un edificio.

Cualquier persona entrando en Google puede acceder a este tipo de información, otra cosa es que sepa interpretarla correctamente, y como dice el refranero español “zapatero a tus zapatos”.

 

¿Quién es el técnico de cabecera de un edificio?

El técnico de cabecera es un profesional, y los arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros de edificación son los únicos capacitados para poder desarrollar estas funciones.

La función del Técnico de Cabecera de una comunidad de propietarios es conservar, mantener, detectar incidencias o problemas del edificio y asesorar a los propietarios en como preverlos, evitarlos y repararlos antes de que estos produzcan consecuencias más graves y costosas con grandes obras.

La contratación de un técnico de cabecera ahorra dinero a una comunidad de propietarios y resulta a la larga beneficiosa.

La realización del  IEE.C.V. de su edificio puede ser realizada por su técnico de cabecera, o contratar a un profesional que redacte el Informe de IEE.CV y luego sea su técnico de cabecera.

Las ayudas o subvenciones administrativas para la conservación, reparación de edificios y cualquier tipo de ayuda, incluso de los comuneros, pueden ser realizadas por su técnico de cabecera, como, por ejemplo:

  • Plan de fomento de la rehabilitación edificatoria, regeneración y renovación urbanas de la Consellería de vivienda, obras públicas y vertebración del territorio.
  • Plan Renhata 2018, para la reforma interior de viviendas, de la Consellería de vivienda, obras públicas y vertebración del territorio y de la Consellería de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo.

Un plan de mantenimiento del edificio, redactado por el técnico de cabecera, reduce la prima del seguro de la Comunidad.

El técnico de cabecera acude a las juntas de comunidad, tiene un servicio técnico de atención, consulta y asesoría permanente, y realiza los comparativos de empresas ofertantes, para que los propietarios elijan a la empresa más adecuada para la realización de las obras de rehabilitación.

 

¿Qué cuesta los servicios de un Técnico de Cabecera?

En bt2 asociados, como arquitectos técnicos valencia, le ofrece a los ADMINISTARDORES DE FINCAS Y COMUNIDADES PROPIETARIOS, los servicios de Técnico de Cabecera, con una tarifa plana mensual. Desde 2€/mes/propietario. (según número de viviendas.)

tecnico cabecera comunidades Valencia

 

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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, ofrecemos un servicio de mantenimiento de su edificio, mediante redacción informe de evaluación de su edificio, programa de mantenimiento,  guías de uso, o técnico de cabecera,  en Valencia de una forma rápida y a su mejor precio,  así como en todos los municipios de provincia.


AYUDAS PARA LA IMPLANTACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS IEE.CV


TODOS LOS EDIFICIOS RESIDENCIALES DE MÁS DE 50 AÑOS DEBERÁN ESTAR EVALUADOS

ANTES DE AGOSTO DE 2018*

* Real Decreto 7/2015 disposición transitoria segunda

Desde bt2 asociados ofrecemos un servicio profesional de arquitectura técnica para la elaboración del Informe de Evaluación del Edificio IEE.CV y explicamos las ayudas para IEE Valencia.

Debido a la suspensión de ayudas para la realización de los Informes de Evaluación de Edificios IEE.CV., según el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, la Generalitat Valenciana ha previsto mantener las subvenciones para la elaboración de IEE´s en la Comunitat Valenciana, mediante una línea propia de ayudas con cargo a sus presupuestos.

Se presentan a continuación lo establecido en la ORDEN 2/2018, de 12 de marzo, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Informe de Evaluación de Edificios.

DOCV Nº 8257/20.03.2018

 

¿Cuál es el objeto de Informe de Evaluación del Edificio?

Incentivar la elaboración del Informe de Evaluación del Edificio IEE.CV. en especial por las comunidades de propietarios, como paso previo a emprender actuaciones de rehabilitación.

 

¿Quiénes son los beneficiarios que pueden acogerse a tales ayudas?

Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades, así como propietarios únicos del edificio.

 

¿Qué tipo de requisitos deben cumplir los edificios a los que se deben de realizar un Informe de Evaluación del Edificio?

  • Edificios de carácter predominantemente
  • IEE´s registrados con posterioridad a la fecha que establezca la correspondiente convocatoria.
  • El informe incluirá el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos.
  • El contenido del Informe y el procedimiento para su presentación que será telemática, es el establecido por la DG de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana.

 

¿Qué actuaciones son subvencionables a la hora de pedir las ayudas para la elaboración de un Informe de Evaluación del Edificio?

 Honorarios de la elaboración del Informe de Evaluación de Edificios IEE CV.

 

¿Existen algunas incompatibilidades a la hora de pedir las ayudas para la elaboración de un Informe de Evaluación del Edificio?

Si, con respecto a otras ayudas por el mismo concepto concedidas por Corporaciones Locales u otras Administraciones Públicas.

 

¿Cuál es el tipo y cuantía de las ayudas de la Generalitat para la elaboración de un Informe de Evaluación del Edificio?

  • 20 € por vivienda y 20 € por cada 100 m2 de superficie útil del local.
  • Con un máximo de 500 € por el edificio o del 50 % de los honorarios del informe.

 

¿Cuál es el régimen de la convocatoria para la solicitud de las ayudas de la Generalitat para la elaboración de un Informe de Evaluación del Edificio?

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

 

¿Cuáles son los criterios de adjudicación por parte dela Generalitat?

Los criterios de adjudicación son los siguientes:

  1. Según el nº de viviendas del edificio
Nº de viviendas en el edificio Puntos
< 20 1
≥ 20 5

 

  1. Según la categoría constructiva catastral predominante del edificio
Categoría constructiva catastral Puntos
1, 2 ó 3 1
4 3
5 5
6 8
7, 8 ó 9 10

 

¿Qué tipo de tramitación es necesaria para solicitar las ayudas subvencionables de un Informe de Evaluación del Edificio IEE.CV?

Las solicitudes se formalizarán telemáticamente.

Sera necesario adjuntar:

  1. Acta de la comunidad nombrando representante para tramitar las ayudas.
  2. Factura de los honorarios por la realización del IEE.
  3. Justificante bancario de abono de los honorarios.

 

¿Qué tipo de plazos hay que tener en cuenta para solicitar las ayudas subvencionables de un Informe de Evaluación del Edificio IEE.CV?

Para las:

  • SOLICITUDES DE AYUDA: Plazo contemplado en la correspondiente convocatoria.
  • PUBLICACIÓN DEL LISTADO DE SOLICITUDES ADMITIDAS Y DE LAS QUE SE REQUIEREN SUBSANACIONES: 1 mes desde fin del plazo para presentar solicitudes.
  • PRESENTACION DE SUBSANACIONES: 10 días hábiles.

 

En bt2 asociados le ofrecemos técnicos que figuran en los listados de profesionales que han cursado una INTENSIFICACIÓN IVE en IEE: Inspección y Diagnóstico de Edificios, por el Instituto Valenciano de la Edificación (IVE) en la elaboración del Informe de Evaluación del Edificio. Si lo desea y siempre que existan convocatoria vigente tramitamos el expediente para la solicitud de las ayudas a la elaboración del IEE. Esto último, para reducir el coste del IEE en base a la tarifa establecida por los técnicos para su realización.

Nuestros técnicos son conocedores de las herramientas de apoyo para la elaboración de Informes de Evaluación de Edificios IEE, disponiendo de los requeridos conocimientos que la nueva versión del programa existente para la elaboración de Informes de Evaluación del edificio en la Comunitat Valenciana IEE.CV. y el programa de operaciones de Mantenimiento en Edificios Existentes POMEES.

 

ayudas para IEE Valencia

 

Por todo lo anterior nuestros tecnicos de bt2 asociados disponen del conocimiento básico y fundamental en materia de inspección y evaluación de los edificios, fundamentalmente de tipología residencial, para conocer su estado de conservación y su capacitación para dar respuestas a sus funcionalidad y habitabilidad, con las garantías suficiente. Así mismo se orienta al alumno para afrontar un análisis detallado sobre patologías o incidencias detectadas, y abordar adecuadamente la rehabilitación del edificio en caso de ser necesario, figurando en el listado de los de profesionales publicados por el Instituto Valenciano de la Edificación IVE.

¡Disponemos de un equipo técnico preparado y cualificado profesionalmente, con experiencia en la redacción del informe de evaluación de tu edificio en Valencia más rápido obteniendo el máximo beneficio!

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TARIFAS INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS

 

El objetivo de la realización de un Informe de Evaluación del Edificio IEE.CV es realizar una inspección del edificio existente para generar un documento técnico que recoja la información relativa sobre el estado de conservación de los elementos comunes del edificio, en sus aspectos de seguridad, habitabilidad y funcionabilidad y, también, una evaluación energética del mismos de cara a conocer la demanda energética de las emisiones de CO2 que en su estado actual está produciendo.

Cualquier propietario de un edificio sabe que el deterioro y envejecimiento de los edificios por el paso del tiempo supone una reducción de sus prestaciones de seguridad, funcionales y vida útil llegando en algún caso a alcanzarse los umbrales críticos den periodos de tiempo inferiores a la vida media útil de referencia. Las inspecciones periódicas son la herramienta necesaria para la evaluación del estado de mantenimiento y conservación de los edificios.

Los propietarios de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva deberán de promover la realización del informe IEE.CV. en los siguientes supuestos:

  1. En edificios de antigüedad superior a 50 años,
  2. Edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas para obras de rehabilitación.
  3. En edificios catalogados, y en aquellos que así lo determine la normativa autonómica o municipal.

 

¿Qué formas existen para determinar el precio del Informe de Evaluación de un Edificio?

La verdad es que no existen unas tarifas informe de evaluación de edificios regladas para este tipo de actuación, por lo que será cada técnico el que valore el coste en función de las características del inmueble. En bt2 asociados se ha confeccionado una nueva herramienta para ofrecer una referencia para aportar transparencia al mercado actual, por un lado, valorando el coste real que supone la realización de estos encargos profesionales y por otro, detallando los trabajos y contenidos que le son exigibles para garantizar su correcta realización. Entendemos que se debe tener en cuenta las características del edifico que vamos a inspeccionar, como, por ejemplo:

  • Año de construcción.
  • Superficie construida.
  • Número de plantas.
  • Tipología.
  • Complejidad

Nos hemos dado en cuenta en esta consultoría técnica que existen dos cuestiones que suelen ser dudas recurrentes en las Inspecciones de edificios: el tema de los honorarios profesionales y la responsabilidad que conllevan.

Y es que en el contexto de cualquier proceso reglamentado de inspección -y en esto las IEEs no son una excepción- existen dos aspectos que planean sobre todas las discusiones: la responsabilidad civil y la relación entre alcance mínimo de los trabajos y su precio. Muchas de las consideraciones que tienen relación con estos dos temas son difíciles de establecer de forma objetiva, ya que la situación final estará influida por el mercado que se desarrolle y la actitud final de las Administraciones Locales ante eventuales demoras, ausencias de inspección e irregularidades en la misma.

Tarifas Informe de Evaluacion de Edificios

¿Cómo realiza BT2 ASOCIADOS un IEE C.V.?

  • Nuestro equipo se desplaza al inmueble para asesorar al cliente, ya sea comunidad, administración o particular. En ese mismo momento, se toman datos previos.
  • Tras acordar la visita del Informe de Evaluación del Edificio IEE, el equipo bt2asociados analiza, evalúa y comprueba el estado del inmueble de manera detallada y planificada. Se optimiza el tiempo y se utilizan los medios humanos y materiales necesarios.
  • En cumplimiento de la normativa vigente referida al Informe de Evaluación de Edificio IEE, se evalúa el estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética del edificio.
  • Con los datos obtenidos, se procede a redactar el documento técnico.
  • Se registra Informe de Evaluación del Edificio IEE CV en el organismo competente y se entrega una copia al cliente.
  • En todo momento se mantiene a la propiedad informada, especialmente en los aspectos que pudieran afectar a su seguridad.

Como valor de referencia siempre podemos optar por la utilización de la calculadora de honorarios para la realización el IEE y CEE elaborada por el Instituto Valenciano de la Edificación (IVE), con el objetivo de determinar el tiempo que precisa dedicar un técnico especializado para elaborar adecuadamente el Informe de Evaluación del Edificio y la Certificación Energética.

¿Qué aporta a bt2 asociados a la hora de realizar un informe de evaluación de edificios?

En bt2 asociados dispone de técnicos evaluadores que disponen de amplios conocimientos en diversos ámbitos de la edificación habiendo realizado un curso de intensificación en Inspección y Diagnostico de Edificios IEE. a través del Instituto Valenciano de Edificación (IVE), figurando en el listado de profesionales acreditados.

Con bt2 asociados obtendrás el mejor presupuesto para tu Informe de Evaluación del Edificio – IEE. CV en Valencia y provincia. Con un buen precio garantizado.

Tarifas informe de evaluacion de edificios

Además, te ofrecemos otros servicios de Arquitectura e Ingeniería en Valencia y provincia.

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TÉCNICO COLABORADOR PLAN RENHATA 2018

 

bt2 asociados, con el ánimo de informar a todos nuestros clientes, les notificamos que desde el pasado día 14 de marzo del 2018 estamos inscritos como técnico colaborador plan RENHATA 2018 para la tramitación de las ayudas.

tecnico colaborador plan RENHATA 2018

tecnico colaborador plan RENHATA 2018 tecnico colaborador plan RENHATA 2018

 

 

 

 

 

 

 

 

  • Técnico colaborador plan RENHATA 2018 LUIS DE TORRES
  • Técnico colaborador plan RENHATA 2018 RICARDO BELLIDO

 

Y lo más importante para nuestros clientes y lectores, recordaros que para esta tramitación no es necesario que el TÉCNICO COLABORADOR PLAN RENHATA 2018 pertenezca a su municipio.

 

Desde bt2 asociados, te mantendremos informado sobre el plan Renhata 2018

 

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LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Y EL ZAS EN VALENCIA

Primera parte

 

bt2 asociados, consultoría y asesoría técnica en valencia con el ánimo de informar a todos nuestros clientes, hoy comentaremos las zonas acústicamente saturadas en ZAS Valencia.

¿Qué es la contaminación acústica?

No hace muchos años el ruido, era inherente a las sociedades modernas y prosperas, era algo positivo y formaba parte del día a día de la vida social y la actividad económica. Pero de un tiempo a esta parte, la contaminación acústica se ha tomado muy en serio como uno de los mayores problemas ambientales de nuestra sociedad.

Los expertos de la OMS alertan sobre la relación directa que existe entre el exceso de ruido y el aumento de enfermedades, y destacan que, después de la contaminación atmosférica, la acústica es la segunda causa de origen ambiental que provoca más alteraciones en la salud.

El nivel de ruido se mide en decibelios (dB) y el límite recomendado por la OMS como “tolerable” no debe superar los 65 durante el día y los 55 durante la noche. Si se sobrepasa ese límite ese ruido se convierte en perjudicial para la salud.

La actividad frenética de nuestras ciudades, el aumento de la población, y el ruido generado por los vehículos a motor (causantes del 80% de la contaminación acústica), la actividad industrial (10%), el ferrocarril (6%) y el ocio (4%), obliga a los gobiernos a legislar medidas en contra de la contaminación acústica.

La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, tiene por objeto prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica, para evitar y reducir los daños que de ésta pueden derivarse para la salud humana, los bienes o el medio ambiente.

La ley española 37/2003 del Ruido, se refiere a la Contaminación acústica como “la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente.”

Organización Mundial de la Salud (OM), y esta define como ruido a cualquier sonido superior a 65 decibelios.

De una forma más simple, digamos que: “la contaminación acústica son los ruidos desagradables que pueden originar cualquier tipo de daño sobre las personas y sobre el medio ambiente.”

En la comunidad Valenciana es la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica, es la normativa referida a la prevención, vigilancia y corrección de la Contaminación acústica en el ámbito de la Comunidad valenciana, para la mejora integral del Medio Ambiente.

¿Qué es una ZAS?

El zas, son “Zonas Acústicamente Saturadas en que se producen elevados niveles sonoros debido a la existencia de numerosas actividades recreativas, espectáculos o establecimientos públicos, a la actividad de las personas que los utilizan, al ruido del tráfico en dichas zonas así como a cualquier otra actividad que incida en la saturación del nivel sonoro de la zona”, según la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana.

Así, serán declaradas zonas acústicamente saturadas aquellas en las que, aun cuando cada actividad individualmente considerada cumpla con los niveles establecidos en la referida ley, los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior establecidos en la tabla 1 del anexo II de la mencionada Ley, se sobrepasen dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 20 dB(A).

En la actualidad en la ciudad de Valencia existen estas zonas declaradas acústicamente saturadas:

  • ZAS WOODY
  • ZAS XUQUER
  • ZAS Juan Llorens
  • ZAS Carmen

Fin de la primera parte

 

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¿Qué es el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE)?

El Informe de Evaluación de los Edificios (en adelante IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. La Administración urbanística puede requerirlo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.

Informe de evaluación de los edificios | BT2 asociados

¿Qué normativa existe?

La normativa básica de referencia es estatal, concretamente el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, publicado en el BOE núm. 261 de 31 de Octubre de 2015, y vigente desde ese mismo día. Este Real Decreto contiene un Título III dedicado al “Informe de Evaluación de los Edificios”. Los artículos y disposiciones que hacen referencia al mismo son los siguientes:

  • Artículo 29. El Informe de Evaluación de los Edificios.
  • Artículo 30. Capacitación para el Informe de Evaluación de los Edificios.
  • Disposición adicional primera. Sistema de información urbana y demás información al servicio de las políticas públicas para un medio urbano sostenible.
  • Disposición transitoria segunda. Calendario para la realización del Informe de Evaluación de los Edificios.
  • Disposición final primera.  Cualificaciones requeridas para suscribir los Informes de Evaluación de Edificios.

Sin perjuicio de esta regulación estatal, que tiene carácter básico, puede existir normativa autonómica o municipal que la desarrolle.

¿Quién está obligado?

Según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, están obligados los propietarios de inmuebles ubicados en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años. Según el artículo 2, apartado 6 de dicho Real Decreto, se entiende por edificio de tipología residencial de vivienda colectiva: “el compuesto por más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener, de manera simultánea, otros usos distintos del residencial. Con carácter asimilado se entiende incluida en esta tipología, el edificio destinado a ser ocupado o habitado por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias”. En principio, y salvo que así lo exija la normativa autonómica o municipal, están excluidas por tanto las viviendas unifamiliares.

También están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.

La normativa autonómica o municipal puede exigir el IEE para el resto de los edificios, pudiendo establecer especialidades de aplicación del citado informe, en función de su ubicación, antigüedad, tipología o uso predominante.

El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación regulado por el Real Decreto 7/2015 tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios o equivalente, en el plazo expresamente establecido.

Este documento es obligatorio en edificios con una antigüedad superior a 50 años, así como en los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas para obras de rehabilitación, según se explicita en la misma normativa. Por su parte, también deben someterse a este procedimiento los edificios catalogados y aquellos que lo determine la normativa autonómica o la municipal.

Debido a su importancia y complejidad, estos informes tienen que ser realizados por profesionales competentes, ya sean arquitectos o arquitectos técnicos.

La seguridad no se improvisa

Los administradores de fincas son conocedores seguramente de la normativa estatal y saben que ésta obliga a la realización de un Informe de Evaluación de Edificios de tipo “residencial vivienda”, , según RDL 7/2015, artc. 29. para construcciones con una antigüedad de más de 50 años. Según esta normativa, las corporaciones municipales se encuentran obligadas a conformar sus ordenanzas y exigir su cumplimiento a los sujetos afectados. Sin embargo, un gran número de ayuntamientos de la provincia aún no han elaborado la preceptiva ordenanza que desarrolle la normativa estatal anulada (RDL 7/2015, BOE 31/10/2015), con la que se debería garantizar el cumplimiento de las condiciones mínimas de conservación exigidas, así como su accesibilidad (Decreto 39/2004 y DB-SUA9 del CTE) y su grado de eficiencia energética (RD 235/2013, modificado por RD 564/2017). La inexistencia de estos reglamentos en muchos municipios propicia que algunas comunidades de propietarios hagan una dejación de sus obligaciones, lo que pone en peligro la seguridad de los viandantes, al quedar expuestos a la posible caída de balcones o cornisas de edificios. Los residentes en estas construcciones también pueden sufrir las consecuencias, ya que, si no se realizan las preceptivas inspecciones, nadie alertará de la necesidad de una intervención en caso de que la edificación así lo requiera.

Por otra parte, al tener las inspecciones un carácter eminentemente visual, es muy importante contratar los servicios de un profesional cualificado, ya que en ocasiones los signos de un proceso patológico no siempre son perceptibles a simple vista. Por tanto, es muy importante realizar una diagnosis que permita la detección precoz de cualquier lesión. Cuanto más tiempo tardemos en abordar su reparación, mayores serán los daños presentes en nuestro inmueble.

¿Cuál es la finalidad del Informe de Evaluación del Edificio?

Con esta intención nace el Informe de Evaluación del Edificio que nos proporciona un diagnóstico profesional especializado del estado de nuestra propiedad, emitido por arquitecto técnico o arquitecto, y que debe realizarse a todos los edificios con una antigüedad superior a los 50 años.

Conscientes de la enorme responsabilidad de los arquitectos  técnicos a la hora de afrontar estas cuestiones, en el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Valencia y el Instituto Valenciano de la Edificación IVE desarrolla un completo programa de formación continuada a través de sus plataformas, abordando temas relativos a las inspecciones y a la rehabilitación edificatoria, entre otros. El CAATValencia invierte en el reciclaje y puesta al día constante de sus colegiados, el arquitecto es el profesional mejor cualificado para garantizar la seguridad de su edificio, para programar la intervención más adecuada o prestarle el mejor asesoramiento. La seguridad no se improvisa.

Para cualquier asesoramiento que tenga relación con las patologías en edificaciones, le recomendamos que se ponga siempre en manos de un arquitecto técnico. Las administraciones locales están obligadas, según el artc. 171 de la LOTUP, a regular mediante un registro de edificios a rehabilitar. Especial importancia tiene la disposición transitoria segunda del RDL 7/2015, de 30 de octubre en el que establece que para las viviendas colectivas que a fecha de 23 de junio de 2013 tuvieran una edad superior a 50 años, el día 28 de junio de 2018, como máximo, tienen de plazo para efectuar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE).

En bt2asociados sabemos lo importante que las inspecciones reglamentarias o también llamados mantenimiento técnico legales, son operaciones de mantenimiento que siempre hacen referencia a comprobaciones de seguridad y correcto funcionamiento de las instalaciones, no a operaciones de mantenimiento que incrementen la durabilidad de las mismas. Es por esto la importancia de conocer bien y hacer los mantenimientos correspondientes y con la periodicidad determinada reglamentaria. Te informamos y asesoramos sobre todo lo relativo a informes de evaluación de los edificios

Informe de evaluación de los edificios | BT2 asociados

 

Por todo lo anterior nuestros TÉCNICOS de bt2 asociados disponen del conocimiento básico y fundamental en materia de inspección y evaluación de los edificios, fundamentalmente de tipología residencial, para conocer su estado de conservación y su capacitación para dar respuestas a sus funcionalidad y habitabilidad, con las garantías suficiente. Así mismo se orienta al alumno para afrontar un análisis detallado sobre patologías o incidencias detectadas, y abordar adecuadamente la rehabilitación del edificio en caso de ser necesario, figurando en el listado de los de profesionales publicados por el Instituto Valenciano de la Edificación IVE.

 

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plan renhata 2017 ABONO DE LAS AYUDAS

bt2 asociados, estudio de arquitectos técnicos en Valencia y como consultoría y asesoría especializada en tramites con la administración, quiere facilitar a todos nuestros clientes y al resto de solicitantes de la subvención del PLAN RENHATA 2017 la información de última hora, sobre el abono de las ayudas.

Según nos han informado todos nuestros clientes, ya han recibido el abono correspondiente al Plan Renhata 2017 de La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

Desde bt2 asociados, agradecemos a las familias y clientes, que confiaron en nosotros para la realización de toda la tramitación de solicitud de ayudas al plan Renhata 2017, en Valencia, Castellón y Alicante. El 95 % de nuestros clientes obtuvieron la calificación definitiva y les han abonado ya estas ayudas.

bt2 asociados os Recuerda que estas ayudas estaban destinadas a viviendas de particulares para la rehabilitación o renovación de cocinas y baños, así como para llevar a cabo obras de accesibilidad en los domicilios.

bt2 asociados, con el ánimo de informar a todos nuestros clientes les mantendremos informados de las novedades de sobre el plan Renhata 2018.

Para el próximo año 2018 la Generalitat reeditará estas ayudas con una cuantía económica de 5,5 millones de euros, que ya están reflejadas en los presupuestos del próximo año.

Y lo más importante para nuestros clientes y lectores, recordaros que para esta tramitación no es necesario que el técnico colaborador pertenezca a su municipio, el 90% de nuestros clientes no eran de Valencia Capital.

Desde bt2 asociados, te mantendremos informado sobre el plan Renhata 2018

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Plan RENHATA 2017 abono de ayudas | bt2 asociados

En bt2 asociados, arquitecto técnico Valencia, consultoría y asesoría técnica especializada en tramites con la administración realizamos la tramitación necesaria, las gestiones y presentación, ante el Ayuntamiento de Valencia, Hacienda, Catastro, Conselleria… de todo tipo de documentos técnicos.

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