Una de las consultas más comunes que últimamente se están planteado a esta consultoría técnica bt2asociados en todo proyecto de reforma de vivienda es la necesidad si hay que incorporar en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.

Nuestros técnicos de bt2asociados están informados de las normativas en cuanto al marco legal de los residuos de construcción y demolición: normativa comunitaria, normativa estatal y normativa autonómica.

 

marco legal de los residuos de CONSTRUCCION y demolicion

En el ámbito autonómico, la gestión de los RCD queda regulada en la Ley 10/ 2000 de Residuos de la Comunidad Valenciana. Esta norma asume plenamente la jerarquización de la gestión de los residuos que viene impuesta por las directrices comunitarias. A diferencia de la normativa básica estatal, define el concepto de residuos inertes (artículo 4.d) y contempla los vertederos de residuos inertes y sus criterios de admisión (artículo 55).

En relación con la gestión de determinados residuos de construcción y demolición, la Comunitat Valenciana dispone de normativa específica: el Decreto 200/ 2004, de 1 de octubre, por el que se regula la utilización de residuos inertes adecuados en obras de restauración, acondicionamiento y relleno, o con fines de construcción. Esta norma regula detalladamente la reutilización de los residuos inertes en ciertas obras, sin ser considerada una operación de eliminación. Con ello, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, se han establecido mecanismos concretos para priorizar la valorización de estos residuos frente a la práctica habitual de su eliminación mediante su depósito en vertedero.

Finalmente, la normativa valenciana, a diferencia de la directiva IPPC y de la Ley 16/ 2002 del mismo nombre, somete al régimen jurídico de la autorización ambiental integrada a los vertederos de residuos inertes, conforme a la modificación operada en el apartado 5.2 del anexo II de la Ley 2/ 2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental por parte de la Disposición Adicional Segunda del Decreto 127/ 2006, de 15 de septiembre, del Consell.

El PIR97 de la Comunitat Valenciana no contempla objetivos concretos de gestión de los RCD domiciliarios

 

aspectos generales sobre los RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN

 

¿Qué normativa regula la gestión de los Residuos de Construcción y demolición (RCDs)?

A nivel nacional el Real Decreto 105/2088, de 1 de febrero

 

¿Qué residuos tienen la consideración de RCDs a efectos del RD 105/2088?

Los residuos de la construcción y demolición objeto del análisis de este apartado se clasifican en el capítulo 17 “Residuos de la construcción y demolición” de la Lista Europea de Residuos, aprobada por Orden MAM/ 304/ 2002, y más concretamente en los siguientes códigos LER:

residuos de construcción y demolición

CODIGO LER: Código del residuo según la Lista de Residuos incluida en el Anejo 2 de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.

GESTION FINAL: Código de la operación de gestión según el Anejo 1 de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. La operación prioritaria se indica en primer lugar. Se admiten operaciones de gestión intermedia en estaciones de transferencia (R12, R13, o D15), siempre que la gestión final sea la prevista en la tabla.

 

No se consideran RCDS:

  • Las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas destinadas a reutilización, restauración, acondicionamiento o relleno.
  • Los residuos de industrias extractivas
  • Los lodos de dragado no peligrosos reubicados en el interior de las aguas superficiales derivados de las actividades de gestión de las aguas
  • Los residuos provenientes de obras menores de construcción o reparación domiciliaria, cuando no superen los 50 Kg. de peso.
  • Los residuos generados en obras de construcción y demolición regulados por legislación específica de residuos peligrosos y no peligrosos, a excepción si se encuentran mezclados con otros RCDs. Por ejemplo, residuos peligrosos mezclados con residuos de hormigón, ladrillos, etc.

 

¿Cuáles son las obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición?

Además de los requisitos exigidos por la legislación sobre residuos, el productor de residuos de construcción y demolición deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

I.- Incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, que contendrá como mínimo:

1.1.- Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, o norma que la sustituya.

  1. Las medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto. Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos que se generarán en la obra.
  2. Las medidas para la separación de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento por parte del poseedor de los residuos, de la obligación establecida en el apartado 5 del artículo 5.
  3. Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra. Posteriormente, dichos planos podrán ser objeto de adaptación a las características particulares de la obra y sus sistemas de ejecución, previo acuerdo de la dirección facultativa de la obra.
  4. Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.
  5. Una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.

1.2.- En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma, hacer un inventario de los residuos peligrosos que se generarán, que deberá incluirse en el estudio de gestión a que se refiere la letra a) del apartado 1, así como prever su retirada selectiva, con el fin de evitar la mezcla entre ellos o con otros residuos no peligrosos, y asegurar su envío a gestores autorizados de residuos peligrosos.

1.3.-Disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en sus obras han sido gestionados, en su caso, en obra o entregados a una instalación de valorización o de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado, en los términos recogidos en este real decreto y, en particular, en el estudio de gestión de residuos de la obra o en sus modificaciones. La documentación correspondiente a cada año natural deberá mantenerse durante los cinco años siguientes.

1.4.-En el caso de obras sometidas a licencia urbanística, constituir, cuando proceda, en los términos previstos en la legislación de las comunidades autónomas, la fianza o garantía financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicha licencia en relación con los residuos de construcción y demolición de la obra.

2.- En el caso de obras de edificación, cuando se presente un proyecto básico para la obtención de la licencia urbanística, dicho proyecto contendrá, al menos, los documentos referidos en los números 1.º, 2.º, 3.º, 4.º y 7.º de la letra a) y en la letra b) del apartado 1.

 

¿Qué datos contempla un estudio de gestión de residuos realziado por bt2 asociados?

Nuestro trabajo se desarrolla en siete fases

  1. Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos, la lista europea de residuos o norma que la sustituya y calculada a partir de coeficientes experimentales o del cálculo real a partir de la medición de elementos.
  2. Las medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto.
  3. Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación; destino de los residuos que se generarán en la obra.
  4. Las medidas para la separación de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento por parte del poseedor de los residuos, de la obligación establecida en el apartado 5º del artículo 5 del RD 105/2008.
  5. Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.
  6. Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.
  7. Una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.

 

residuos de construcción y demolición

Más información: https://goo.gl/pVJVrM

 

¡Disponemos de un equipo técnico preparado y cualificado profesionalmente, con experiencia en la redacción del estudio de gestión de residuos para cualquier proyecto de ejecución de obra, consúltenos sin compromiso, en Valencia y provincia!

 

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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, ofrecemos un servicio de estudio de gestión  de residuos a la hora de realizar cualquier ejecución de obra Valencia, así como en todos los municipios de provincia como Torrente, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Puçol, La Pobla de Farnals, Alboraia, Tavernes Blanques, Mislata, Xirivella, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Requena, Utiel, etc