plan renhata 2017 ABONO DE LAS AYUDAS

bt2 asociados, estudio de arquitectos técnicos en Valencia y como consultoría y asesoría especializada en tramites con la administración, quiere facilitar a todos nuestros clientes y al resto de solicitantes de la subvención del PLAN RENHATA 2017 la información de última hora, sobre el abono de las ayudas.

Según nos han informado todos nuestros clientes, ya han recibido el abono correspondiente al Plan Renhata 2017 de La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

Desde bt2 asociados, agradecemos a las familias y clientes, que confiaron en nosotros para la realización de toda la tramitación de solicitud de ayudas al plan Renhata 2017, en Valencia, Castellón y Alicante. El 95 % de nuestros clientes obtuvieron la calificación definitiva y les han abonado ya estas ayudas.

bt2 asociados os Recuerda que estas ayudas estaban destinadas a viviendas de particulares para la rehabilitación o renovación de cocinas y baños, así como para llevar a cabo obras de accesibilidad en los domicilios.

bt2 asociados, con el ánimo de informar a todos nuestros clientes les mantendremos informados de las novedades de sobre el plan Renhata 2018.

Para el próximo año 2018 la Generalitat reeditará estas ayudas con una cuantía económica de 5,5 millones de euros, que ya están reflejadas en los presupuestos del próximo año.

Y lo más importante para nuestros clientes y lectores, recordaros que para esta tramitación no es necesario que el técnico colaborador pertenezca a su municipio, el 90% de nuestros clientes no eran de Valencia Capital.

Desde bt2 asociados, te mantendremos informado sobre el plan Renhata 2018

Consigue Fácil y Rápido tu tramitación de solicitud de ayudas al plan Renhata 2018, en Valencia, Castellón y Alicante

 

Plan RENHATA 2017 abono de ayudas | bt2 asociados

En bt2 asociados, arquitecto técnico Valencia, consultoría y asesoría técnica especializada en tramites con la administración realizamos la tramitación necesaria, las gestiones y presentación, ante el Ayuntamiento de Valencia, Hacienda, Catastro, Conselleria… de todo tipo de documentos técnicos.

¡No olvides que puedes solicitarnos sin compromiso alguno y de manera totalmente gratuita y rápida el presupuesto para la tramitación de documentos con la administración, en Valencia y provincia!


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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, TRAMITAMOS LAS AYUDAS DEL PLAN RENHATA  EN VALENCIA Y PROVINCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE, de una forma rápida y a su mejor precio,  así como en todos los municipios de provincia.


PLAN RENHATA 2017

ABONO DE LAS PRIMERAS AYUDAS

bt2 asociados, estudio de arquitectos técnicos en Valencia y como consultoría y asesoría especializada en tramites con la administración, quiere facilitar a todos nuestros clientes y al resto de solicitantes de la subvención del PLAN RENHATA 2017 la información de última hora, sobre el Abono ayudas Plan Renhata 2017.

 

Abono ayudas Plan Renhata 2017

Según ha informado La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, las personas solicitantes de estas ayudas han empezado a recibir los primeros pagos correspondientes al Plan Renhata 2017.

 Se van a beneficiar 617 familias de la provincia de Valencia, 151 familias de Castellón y 95 familias de Alicante, con un total de 863 familias en toda la Comunidad.

bt2 asociados os Recuerda que estas ayudas estaban destinadas a viviendas de particulares para la rehabilitación o renovación de cocinas y baños, así como para llevar a cabo obras de accesibilidad en los domicilios, y que han sido impulsadas, por primera vez, por la Generalitat y que contaban con una inversión de tres millones de euros de fondos propios de la administración autonómica.

En esta primera convocatoria, se ha agotado el presupuesto disponible y se han superado las expectativas que la Consellería se había marcado.

bt2 asociados, con el ánimo de informar a todos nuestros clientes les resumimos las primeras novedades sobre el plan Renhata 2018.

Para el próximo año 2018 la Generalitat reeditará estas ayudas con una cuantía económica de 5,5 millones de euros, que ya están reflejadas en los presupuestos del próximo año.

Y lo más importante para nuestros clientes y  lectores, se están estudiando mecanismos para permitir que las personas que se han quedado fuera del Renhata 2017, por falta de presupuesto, puedan optar también a estas nuevas ayudas.

Además, se están planteando una ayuda básica de 300/500 euros para compensar también el coste del técnico colaborador necesario para pedir las ayudas.

Desde bt2 asociados, te mantenemos informado sobre el plan Renhata 2017 y el 2018

Consigue Fácil y Rápido tu tramitación de solicitud de ayudas al plan Renhata, en Valencia, Castellón y Alicante.

 

Abono ayudas Plan Renhata 2017

En bt2 asociados, arquitecto técnico Valencia, consultoría y asesoría técnica especializada en tramites con la administración realizamos la tramitación necesaria, las gestiones y presentación, ante el Ayuntamiento de Valencia, Hacienda, Catastro, Consellería… de todo tipo de documentos técnicos. Informacion: Abono ayudas Plan Renhata 2017

 

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ADMITIDOS PLAN RENHATA 2017: LISTADO DE EXPEDIENTES

bt2 asociados, estudio de arquitectos técnicos en Valencia y como consultoría y asesoría especializada en tramites con la administración, quiere facilitar a nuestros clientes y al resto de solicitantes de la subvención del PLAN RENHATA 2017 en resumen de la Resolución de 2 de agosto de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana con este resumen del

DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA Num.8100/07.08.2017

   Plan Renhata 2017 Diario Oficial

Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio

RESOLUCIÓN de 2 de agosto, de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, de la convocatoria para la concesión de las ayudas reguladas mediante Orden 4/2017, de 27 de febrero, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases …

Vistas las solicitudes presentadas, y vistos los antecedentes que constan en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, resultan los siguientes antecedentes de hecho.

1.La Orden 4/2017, de 27 de febrero, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones ….

Para ello se ha habilitado a través de la citada orden el procedimiento de concurrencia competitiva a seguir…

2.De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución de 9 de marzo por la que se convocan las ayudas para el ejercicio 2017, el plazo para presentar las solicitudes se fijó en dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, por lo que dicho plazo se inició el día 15 de marzo de 2017 y finalizó el día 18 de mayo de 2017.

3.Las solicitudes dadas de alta, eliminando las duplicadas, ascienden a 1.769. De conformidad con lo dispuesto en la base duodécima de la Orden, que regula la tramitación y resolución del procedimiento, una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes y revisada la documentación presentada…

4.Reunido el órgano colegiado integrado por el subdirector general de Vivienda y Regeneración Urbana … se ha elaborado acta de la reunión, que se adjunta, así como los listados de las partes solicitantes que pueden resultar beneficiarias de las ayudas, así como listado de solicitudes para las que se propone la desestimación.

Fundamentos de derecho

1.Competencia. Es competente para resolver la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana…

Visto el acta de la reunión del órgano colegiado de fecha 24 de julio de 2017… resuelvo:

 Primero

Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.431.10 de la Línea S8267000, Fomento de la calidad de la vivienda de la Comunitat Valenciana, las ayudas de reforma interior de las viviendas reguladas mediante la Orden 4/2017, de 27 de febrero…  por un importe total de 3.000.000 € (tres millones de euros) correspondientes a ayudas a cargo de la Generalitat, a los primeros 863 (ochocientos sesenta y tres) expedientes que una vez ordenados según la puntuación obtenida aplicando los criterios de adjudicación de las bases reguladoras de las ayudas, han agotado el presupuesto disponible para las mismas, habiendo acreditado las partes beneficiarias el cumplimiento de los requisitos y habiendo sido comprobado el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social.

Resumen del desglose del importe total de las ayudas:

Importe Ayuda a cargo de la Generalitat                    3.000.000 €

IMPORTE TOTAL                                                                       3.000.000 €

 

Ver Listado de expedientes admitidos plan Renhata 2017

De conformidad con lo establecido en la base Decimotercera de la Orden de las bases reguladoras y en la resolución de convocatoria de las ayudas, para el abono de la subvención la parte beneficiaria deberá aportar antes del 1 de noviembre de 2017 la solicitud telemática de la calificación definitiva y abono de las ayudas junto con la documentación relacionada en la misma, asimismo deberá cumplir con el resto de requisitos, obligaciones y responsabilidades señaladas en las bases reguladas por la Orden 4/2017, de 27 de febrero…, aportando para ello la documentación que le fuera requerida.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la base decimocuarta, la Generalitat podrá comprobar, por los medios que estime más adecuados, el cumplimiento de las obligaciones inherentes al otorgamiento de las ayudas. El incumplimiento de estas obligaciones, podrá dar lugar a la revocación de la subvención concedida.

Segundo

Denegar las solicitudes que se relacionan a continuación, 725 (setecientas veinticinco), que cumplen los requisitos para obtener las ayudas, pero se encuentran en una posición por detrás de las solicitudes que han agotado la partida presupuestaria destinada a estas ayudas una vez ordenadas todas las solicitudes según la puntuación obtenida aplicando los criterios de adjudicación...

Ver Listado de expedientes denegados

Tercero

Denegar las solicitudes que se relacionan a continuación 181 (ciento ochenta y una) por incumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, indicándose el motivo por el que la solicitud ha sido denegada

Listado de expedientes denegados por incumplir los

 requisitos de la convocatoria

LEYENDA DE LOS MOTIVOS DE DENEGACION

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la consellera de Vivienda en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

València, 2 de agosto de 2017. ‒ La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana: Rebeca Torró Soler.

 

bt2asociados, te facilita estas dos direcciones para poder leer el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana con la lista de solicitantes de subvenciones del plan Renhata 2017 (pinchar en cualquiera de ellas)

Lista de solicitantes para los que se propone la adjudicación (RESOLUCIÓN de 2 de agosto, de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana)

http://www.dogv.gva.es/datos/2017/08/07/pdf/2017_7308.pdf

bt2asociados consultoría y asesoría técnica en Valencia, te facilita esta primera publicación, si quieres continuar sabiendo más pincha aquí.

 

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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, ofrecemos un servicio integral a la hora de obtener la tramitación de documentos con la Administración  en Valencia, Castellon, Alicante, así como en todos los municipios de provincia como Torrente, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Puçol, La Pobla de Farnals, Alboraia, Tavernes Blanques, Mislata, Xirivella, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Requena, Utiel, etc

 

 


La nueva ley de ayudas económicas aporta como novedad la necesidad de disponer de un técnico colaborador, que será únicamente un arquitecto o arquitecto técnico, para tramitar las ayudas en nombre del solicitante, telemáticamente a través de la web de la Generalitat Valenciana, aportando la documentación del solicitante y la documentación que debe elaborar él técnico.

Los honorarios derivados de la gestión y documentación son libres y se incluirán en el coste subvencionable.

Nuestros técnicos de bt2 asociados  están adheridos a la convocatoria publicada, mediante una inscripción telemática que la Consellería dispone al efecto.

Como en esta y en otras ocasiones, desde bt2 asociados te queremos ayudar y dar a conocer estas ayudas guiando a nuestros clientes en cualquier duda que, como desconocedores, puedan surgir al estar inmerso en cualquier actuación de rehabilitación y reforma de su vivienda.

Para tramitar la solicitud de ayudas, el solicitante seleccionará al técnico que desee, siempre que esté ya adherido o se adhiera a la convocatoria.

AYUDAS ECONOMICAS PLAN RENHATA 2017

El SOLICITANTE entregará al técnico colaborador la siguiente documentación en formato pdf:

El solicitante cumplimentará y firmará el Impreso de solicitud.

Este impreso normalizado contiene principalmente:

  • Identificación del solicitante: Apellidos y nombre NIF. Indicando si es propietario, inquilino o usufructuario de la vivienda.
  • Identificación de la vivienda: Dirección, Municipio, número de referencia catastral.
  • Identificación de la vivienda (en el caso de que sea distinto del solicitante): Apellidos y nombre. NIF. Indicando si es propietario, inquilino o usufructuario de la vivienda.
  • Identificación del propietario de la vivienda (en el caso de que el solicitante sea el inquilino o usufructuario): Apellidos y nombre y NIF.
  • Identificación de la persona con diversidad funcional ocupante de la vivienda, indicando el grado de discapacidad. Apellidos y nombre y NIF.
  • Identificación del técnico colaborador en la tramitación de las ayudas: Apellidos y nombre. NIF. Colegio Profesional. Número de colegiado.

 

TRAMITACIÓN SOLICITUD: Telemática (vía web GVA)

El solicitante entregará al técnico colaborador la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud firmado por el solicitante (impreso normalizado).
  • Declaración Responsable sobre si ha recibido o solicitado otras ayudas económicas (impreso normalizado).
  • Fotografías del estado actual de las partes de la vivienda que se van a reformar.
  • Documento que acredite la titularidad de la vivienda (Nota Simple del Registro de la Propiedad, escritura de compraventa u otros).
  • Autorización del propietario al inquilino o usufructuario de la vivienda, a realizar las obras, en el caso de que no sea el propietario el solicitante de las ayudas.
  • Autorización del solicitante a que el técnico colaborador realice la presentación telemática de la solicitud de ayudas.
  • Presupuesto detallado de las obras.
  • Impreso de domiciliación bancaria del solicitante.
  • Plano esquemático de la actuación a realizar.

El TÉCNICO COLABORADOR aportará además de la documentación (vía web GVA), que se ha entregado el solicitante en pdf y los datos recogidos en el impreso de solicitud:

  • Descripción de las obras en las que se justifique que cumplen con la normativa vigente y alcanzan como mínimo las “Condiciones básicas y reglamentarias” establecidas en el documento reconocido DRB 11/15. Guía sobre las condiciones básicas de la vivienda existente. Para ello, tal como informó Begoña Serrano, directora del Instituto Valenciano de la Vivienda, el IVE ha elaborado el denominado extracto Plan Renhata de dicho documento, una lista de chequeo que podrá descargarse en la web del IVE.
  • Desglose del presupuesto de obras en grupos de intervención (reforma de cuartos húmedos y reforma del resto de vivienda por accesibilidad).
    • Grupo 1: presupuesto del baño 1.
    • Grupo 2: presupuesto del baño 2.
    • Grupo 3: presupuesto de la cocina.
    • Grupo 4: presupuesto para la adaptación del resto de la vivienda a personas con diversidad funcional.

Finalizadas las obras, EL SOLICITANTE ENTREGA nuevamente documentación al técnico colaborador:

  • Impreso de solicitud de calificación definitiva y abono de las ayudas firmado.
  • Licencias y autorizaciones municipales pertinentes.
  • Facturas acreditativas a nombre del solicitante.
  • Justificantes de los apuntes bancarios que reflejen que el abono de las facturas se ha hecho a través de una entidad financiera. Este punto se destacó especialmente, pues no se admitirá el pago en metálico.
  • Fotografías de la actuación realizada.

 

El TÉCNICO COLABORADOR realizará la tramitación telemática de la solicitud de Calificación Definitiva y el Abono de las Ayudas (vía web GVA), grabando los siguientes datos:

  • Los datos recogidos en el Impreso de “Solicitud de Calificación Definitiva y Abono de las Ayudas”, cumplimentado y firmado por el Solicitante.
  • Descripción de las obras realizadas, justificando que las obras están finalizadas y que se cumplen con la normativa vigente y alcanzan como mínimo las condiciones básicas y reglamentarias establecidas en el Documento Reconocido DBD 11/15, guía sobre las Condiciones Básicas de la Vivienda Existente.
  • Adjuntará toda la documentación que le proporcionó el solicitante, en formato pdf.

 

PRESUPUESTOS Y SUBENCIONES

Se trata de una orden de ayudas exclusiva de la Generalitat, independiente y compatible con las que puedan publicarse posteriormente incluidas en el Plan de Vivienda para la Rehabilitación Edificatoria, que se cofinancian entre el Ministerio y la Generalitat, e independientes y compatibles también con las ayudas económicas correspondientes al Plan Renove de ventanas y calderas del IVACE (Plan Renhata de Eficiencia Energética).

Cuentan con un presupuesto total de 3 millones de euros.

Respecto a las actuaciones subvencionables, el presupuesto protegible abarca un mínimo de 2.000 € y un máximo de 12.000 €. IVA incluido.

El porcentaje de la subvención supone el 35% del presupuesto protegible, IVA incluido, con un máximo de 4.200 €.

El presupuesto protegible incluye el coste de las obras, el coste de la redacción de proyectos, los honorarios de los técnicos, tasas e impuestos. No incluye electrodomésticos, encimera, horno o extracción de humos. No incluye ventanas ni calderas, al estar incluidas en el Plan Renove correspondiente. Sí que incluye el mobiliario de cocina.

BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Serán beneficiarios de las ayudas económicas los propietariosusufructuarios o arrendatarios de la vivienda.

BENEFICIARIOS:

  • Propietario/a, usufructuario/a o arrendatario/a de la vivienda.

 

CONDICIONES DE LA VIVIENDA:

  • Deben de ser residencia habitual de su propietario/a, inquilino/a o usufructuario/a.
  • Vivienda anterior a 1996, salvo en caso de personas con diversidad funcional.

 

CONDICIONES DE LA REFORMA:

  • Se admitirán obras iniciadas a partir del 1 de enero de 2017.
  • Las obras tendrán que finalizarse antes de 15 de octubre de 2017.

 

ADJUDICACIÓN

Las ayudas económicas se adjudicarán por el sistema de concurrencia competitiva, que supone establecer unos criterios de valoración que otorgan puntos a las solicitudes. Las ayudas se adjudican a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.

Los criterios de valoración se basan en:

Antigüedad de la vivienda:

  • Viviendas de antigüedad igual o superior a 50 años: 5 puntos
  • Viviendas de antigüedad superior a 30 años e inferior a 50 años: 3 puntos
  • Viviendas de antigüedad igual o inferior a 30 años: 1 punto

 

Calidad constructiva de la vivienda

La calidad constructiva de la vivienda la indica el Catastro. Esta categoría se refleja en puntos del 1 al 9, siendo el 1 el de mejor calidad constructiva.

  • En viviendas con categoría constructiva catastral 7, 8 ó 9: 7 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 6: 5 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 5: 3 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 4: 2 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 1, 2 ó 3: 1 punto

 

Grado de discapacidad del ocupante de la vivienda:

  • Grado de discapacidad igual o inferior al 33%: 1 punto
  • Grado de discapacidad superior al 33% e inferior al 65%: 3 puntos
  • Grado de discapacidad igual o superior al 65%: 7 puntos

 

PLAZOS

El calendario de plazos previsto es el siguiente:

  • Presentación de la solicitud: 2 meses desde la publicación de la convocatoria (está prevista su publicación durante el mes de marzo).
  • Presentación del listado de solicitudes admitidas y las que requieren subsanaciones: 1 mes desde el cierre de plazo de solicitud.
  • Publicación de la resolución de concesión de ayudas: 6 meses desde la publicación de la convocatoria (está prevista su publicación durante el mes de marzo).
  • Fin de las obras: antes del 15 de octubre de 2017.
  • Solicitud del abono de ayudas: antes del 1 de noviembre de 2017.

 

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