FASE DESCONFINAMIENTO COVID-19

Los locales destinados a culto como iglesias, confesiones, comunidades religiosas y centros de culto no son necesario que soliciten licencia de apertura, están exentas según STS Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso.

No obstante, en muchos Ayuntamientos la licencia se sustituye por una comunicación previa en el caso de centros de titularidad pública o privada que tengan por finalidad la realización continuada en el tiempo de una actividad de culto cuando los espacios útiles para el culto no superen los cien metros cuadrados y el aforo previsto no supere las noventa personas.

Es entonces cuando las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que deseen abrir un centro de culto deben solicitar la licencia de apertura en el ayuntamiento donde estará emplazado.

No es necesario que soliciten la licencia los lugares de culto ubicados en centros hospitalarios, asistenciales, educativos, cementerios, tanatorios y centros penitenciarios, así como los situados en espacios de titularidad pública o privada destinados a otras actividades principales.

La situación generada por la expansión del COVID-19 va a cambiar nuestros hábitos de consumo, según indican algunos estudios, puede que de forma permanente. Es por ello que los centros de culto con fines religiosos, trabajan ya con la vista puesta en el horizonte de la apertura.

Una de sus principales preocupaciones es acreditar la seguridad de sus instalaciones y en consecuencia, la de sus usuarios / clientes. Controlar el aforo se convierte así en una necesidad primordial para todas aquellas superficies en las que se pueda congregar un gran número de persona, ya que se calcula que este tipo de instalaciones, deberá disminuir su capacidad total entre un 20% y un 40%.

Todo lo que tienes que saber sobre el certificado de aforo en salas de culto.

En bt2 asociados te indicamos y revisamos el aforo máximo permitido del local de acuerdo con la fase de desconfinamiento COVID-19 en que nos encontremos, tenemos una amplia experiencia en bares, restaurantes, discotecas, edificio de oficinas, locales y centros comerciales, edificios residenciales, edificios educativos, salas polivalentes, sala de cultos… Además, realizamos certificados de aforo en salas de culto, planes de emergencia, evacuación y señalización.

Certificado de Aforo en Salas de culto

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