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Plan RENHATA 2018- Subvenciones para la mejora de cocinas, baños y accesibilidad

 

La Generalitat. En su especial interés sobre la mejora en la calidad de vida de la ciudadanía, viene formulando diversas políticas entre las que son de gran relevancia las dirigidas a la mejora de las condiciones de las viviendas.

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado la orden de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan Renhata de ayudas para actuaciones de mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas, la reforma de baños y cocinas y la adaptación de la accesibilidad atendiendo a la diversidad funcional de sus ocupantes. Se prevé que después de la publicación de las bases, en las próximas semanas se publique la convocatoria definitiva de estas ayudas para Plan Renhata 2018.

Con este tipo de incentivo, además e mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, como demanda de la ciudadanía, lo que se pretende también es fomentar la actividad en el sector de la construcción muy castigado por la reciente crisis económica, y en particular el sector de producción de materiales de construcción como revestimientos cerámicos o e piedra, sanitarios o mobiliario de cocina y baño, que constituyen un sector empresarial estratégico en nuestra Comunidad.

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En esta ocasión las bases del Plan Renhata de 2018 introducen algunos cambios que mejoran y agilizan el proceso de gestión de estas ayudas y gradúan el otorgamiento. De esta manera, para la baremación de las solicitudes se han adoptado dos criterios, uno en función del grado de discapacidad de alguno de los miembros residentes en la vivienda y otro basado en la categoría catastral de la vivienda.

Además, la orden indica que el edificio, salvo para actuaciones de adaptación para personas con diversidad funcional, deberá tener una antigüedad superior a 20 años, que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario.

Las subvenciones con cargo a los fondos de la Generalitat, serán de entre el 25% y el 35% del presupuesto protegible hasta un máximo de 3.000 o 4.200 euros según la baremación obtenida. Además, el presupuesto subvencionable no será inferior a 2.000 euros ni superior a 12.000 euros, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor. Además, se han mejorado las condiciones porque este año se incluye también una subvención básica de un 5% para costear los trabajos técnicos previos a todos aquellos que cumplan los requisitos.

Este Plan ha ideado la figura del técnico colaborador, que será quien presente la solicitud de ayudas en nombre de su posible beneficiario.Este técnico deberá estar inscrito en el listado de técnicos colaboradores. El procedimiento de tramitación de las ayudas será telemático por lo que las solicitudes deberán presentarse ante el Registro Electrónico y firmadas electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido.

Una vez cumplimentado el impreso, la solicitud será presentada telemáticamente por técnicos colaboradores, habilitados en materia de edificación residencial y adheridos a esta convocatoria para la tramitación de las ayudas de mejora de la habitabilidad de las viviendas.

Este año las obras deberán de estar finalizadas antes de efectuar la solicitud de las ayudas. Por tanto, la fecha de terminación de las obras deberá ser posterior a ala fecha que se indique en la correspondiente convocatoria.

En dichas actuaciones se deberá contar con las licencias necesarias y requeridas por las administraciones correspondientes.

Date prisa, el plazo de presentación de solicitudes terminará lo más posible en el mes de   julio 2018.

Si necesitas más información o estas interesado en iniciar los trámites, ponte en contacto con:

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bt2 asociados asistió a la jornada de rehabilitación que organizó la Generalitat, y que tuvo lugar el pasado 8 de febrero, en el marco de Cevisama, para la presentación del plan de reforma interior de viviendas Plan RENHATA 2018.

bt2 asociados, con el ánimo de informar a todos nuestros clientes, les presenta las principales mejoras y novedades sobre la próxima convocatoria de las ayudas de reforma de interior del plan Renhata 2018.

Próxima Convocatoria Plan Renhata 2018 bt2asociados

Entre las mejoras introducidas en esta segunda convocatoria está el aumento del presupuesto que alcanzará los 5,5 millones de euros, con posibilidad de ampliación, se agilizan los trámites administrativos y se mejora este procedimiento con, para solicitar estas subvenciones.

Estas ayudas van dirigidas a las familias, propietarias, usufructuarios o arrendatarios de viviendas para la reforma de cocinas, baños y obras de accesibilidad.

También, las obras que quedaron sin subvención por falta de presupuesto en la edición pasada podrán optar de nuevo a recibirla este año.

Ampliación del plazo de ejecución de las obras susceptibles de ayuda serán todas aquellas terminadas entre el 18 de mayo de 2017 y el 30 de junio de 2018.

Se elimina el presupuesto mínimo de obra, de 2.000 €, en los casos en que la discapacidad sea igual o superior a 50% o se trate de personas mayores de 75 años.

 

Este año en las ayudas se incluye:

Subvención básica, de un 5% Máximo, sobre el presupuesto de las obras, y nunca superior a 600 €, para costear los trabajos técnicos previos a todos aquellos que cumplan los requisitos.

Subvención adicional, que se obtendrá en función de la baremación, hasta un máximo del 35% de la obra y 4.200 euros.

El presupuesto protegible incluye el coste de las obras, el coste de la redacción de proyectos, los honorarios de los técnicos, tasas e impuestos. No incluye electrodomésticos, encimera, horno o extracción de humos.

No incluye ventanas ni calderas, al estar incluidas en el Plan Renove correspondiente. Sí que incluye el mobiliario de cocina.

Serán beneficiarios de las ayudas económicas los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de la vivienda, y debe de ser residencia habitual.

Vivienda anterior a 1996, salvo en caso de personas con diversidad funcional.

Los criterios de valoración, que otorgan puntos a las solicitudes para este año 2018, se basan en:

 

Calidad constructiva de la vivienda

La calidad constructiva de la vivienda la indica el Catastro. Esta categoría se refleja en puntos del 1 al 9, siendo el 1 el de mejor calidad constructiva.

  • En viviendas con categoría constructiva catastral 7, 8 ó 9: 10 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 6: 8 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 5: 5 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 4: 3 puntos
  • En viviendas con categoría constructiva catastral 1, 2 ó 3: 1 punto

 

Grado de discapacidad del ocupante de la vivienda:

  • Grado de discapacidad superior al 33% hasta el 65%: 3 puntos
  • Grado de discapacidad superior al 65%: 5 puntos

 

Cualquier persona a la que se le haya concedido la subvención del plan Renhata 2017, puede solicitar la del 2018, si no agoto el límite de los 12.000 € de presupuesto de ejecución.

 

Y lo más importante para nuestros clientes y lectores, recordaros que para esta tramitación no es necesario que el técnico colaborador pertenezca a su municipio.

 

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