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Plan RENHATA 2018- Subvenciones para la mejora de cocinas, baños y accesibilidad

 

La Generalitat. En su especial interés sobre la mejora en la calidad de vida de la ciudadanía, viene formulando diversas políticas entre las que son de gran relevancia las dirigidas a la mejora de las condiciones de las viviendas.

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado la orden de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan Renhata de ayudas para actuaciones de mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas, la reforma de baños y cocinas y la adaptación de la accesibilidad atendiendo a la diversidad funcional de sus ocupantes. Se prevé que después de la publicación de las bases, en las próximas semanas se publique la convocatoria definitiva de estas ayudas para Plan Renhata 2018.

Con este tipo de incentivo, además e mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, como demanda de la ciudadanía, lo que se pretende también es fomentar la actividad en el sector de la construcción muy castigado por la reciente crisis económica, y en particular el sector de producción de materiales de construcción como revestimientos cerámicos o e piedra, sanitarios o mobiliario de cocina y baño, que constituyen un sector empresarial estratégico en nuestra Comunidad.

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En esta ocasión las bases del Plan Renhata de 2018 introducen algunos cambios que mejoran y agilizan el proceso de gestión de estas ayudas y gradúan el otorgamiento. De esta manera, para la baremación de las solicitudes se han adoptado dos criterios, uno en función del grado de discapacidad de alguno de los miembros residentes en la vivienda y otro basado en la categoría catastral de la vivienda.

Además, la orden indica que el edificio, salvo para actuaciones de adaptación para personas con diversidad funcional, deberá tener una antigüedad superior a 20 años, que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario.

Las subvenciones con cargo a los fondos de la Generalitat, serán de entre el 25% y el 35% del presupuesto protegible hasta un máximo de 3.000 o 4.200 euros según la baremación obtenida. Además, el presupuesto subvencionable no será inferior a 2.000 euros ni superior a 12.000 euros, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor. Además, se han mejorado las condiciones porque este año se incluye también una subvención básica de un 5% para costear los trabajos técnicos previos a todos aquellos que cumplan los requisitos.

Este Plan ha ideado la figura del técnico colaborador, que será quien presente la solicitud de ayudas en nombre de su posible beneficiario.Este técnico deberá estar inscrito en el listado de técnicos colaboradores. El procedimiento de tramitación de las ayudas será telemático por lo que las solicitudes deberán presentarse ante el Registro Electrónico y firmadas electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido.

Una vez cumplimentado el impreso, la solicitud será presentada telemáticamente por técnicos colaboradores, habilitados en materia de edificación residencial y adheridos a esta convocatoria para la tramitación de las ayudas de mejora de la habitabilidad de las viviendas.

Este año las obras deberán de estar finalizadas antes de efectuar la solicitud de las ayudas. Por tanto, la fecha de terminación de las obras deberá ser posterior a ala fecha que se indique en la correspondiente convocatoria.

En dichas actuaciones se deberá contar con las licencias necesarias y requeridas por las administraciones correspondientes.

Date prisa, el plazo de presentación de solicitudes terminará lo más posible en el mes de   julio 2018.

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