SOLICITUD DE CAMBIO DE TITULARIDAD LICENCIA DE ACTIVIDAD
Que de acuerdo con el Art. 12 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
Cualquier cambio en la titularidad de un establecimiento público precisará de declaración formal ante el ayuntamiento de la localidad en el que aquél se ubique, sin que sea necesario el otorgamiento de nueva licencia municipal. Dicho cambio de titularidad deberá comunicarse en el plazo de un mes desde que se hubiera formalizado por cualquier medio de los admitidos en derecho.
La notificación del cambio de titularidad licencia e actividad, deberá estar suscrita por el transmitente y por el adquirente del establecimiento. Caso contrario, dicha comunicación no tendrá validez para el ayuntamiento, respondiendo ambos solidariamente por el incumplimiento de esta obligación. Una vez declarado el cambio de titularidad, la administración municipal lo comunicará al órgano autonómico competente en la materia para su conocimiento y efectos.
Es obligado que el adquiriente comunique al Ayuntamiento la transmisión de la Actividad y manifiesta su conformidad con las obligaciones, responsabilidades y derechos establecidos en la autorización ambiental integrada, licencia ambiental o de los derivados de los restantes instrumentos de intervención ambiental, según lo dispuesto en el art. 16 de la LEY 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
Uno de los requisitos que debe de cumplir cualquier cambio de titularidad es que no implique cambio y/o ampliación de la actividad que se transmite.
Recordar que el plazo de presentación es máximo de un mes desde la formalización de la transmisión
¿Qué tipos de licencia pueden ser objeto de transmisión?
Principalmente pueden ser objeto de transmisión:
- Licencias Ambientales con comunicación previa al inicio de la actividad.
- Declaraciones Responsables Ambientales.
- Comunicaciones Actividades Inocuas.
- Declaraciones Responsables con licencia de apertura de actividades reguladas por el artículo 9 de la Ley 14/2010.
- Licencias de Apertura de actividades reguladas por los artículos 10 y 14 de la Ley 14/2010.
¿Qué documentación es necesario aportar para realizar una solicitud de cambio de titularidad licencia de actividad?
Estos dependerán del Ayuntamiento dónde se esté implantado la actividad, pero normalmente habrá que aportar:
Solicitud de Comunicación Cambio de Titularidad, según modelo Ayuntamiento.
Documentos identificativos: DNI, CIF o NIE del firmante.
Representación: En el caso de que se actúe por medio de representante, copia de la documentación que acredite la representación del firmante (escrituras, poderes, etc.)
Documentos: Título o documento que acredita la formalización de la transmisión y cambio de titularidad de la licencia.
Tasas: Justificante de haber abonado las tasas correspondientes
Póliza de Seguro: Acreditación de la existencia de la correspondiente póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil por los riesgos derivados de la explotación de la actividad, espectáculo o a la apertura del establecimiento, así como el cumplimiento de las condiciones y requisitos exigibles, mediante certificación que se hará de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo I del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell.
La cuantía de los capitales mínimos que deberán prever las pólizas de seguros para cubrir los riesgos derivados de la explotación, serán los que se recogen en el artículo 60 del citado Decreto 143/2015
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