Un certificado acreditativo del aforo de local de pública concurrencia es un documento en el que un técnico certifica el número máximo de personas que pueden permanecer en un local, recinto o edificio.
En ese sentido, con carácter general se utilizarán como criterios para el cálculo y determinación del aforo, la superficie útil del local, diferenciada por usos y los coeficientes de ocupación que resulten de aplicación del Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SI.
Cálculo de aforo en locales de pública concurrencia:
Para la determinación del aforo máximo de un local se tendrá en cuenta la densidad de ocupación de las distintas zonas en que se encuentre dividido el local, en atención a los elementos muebles o instalaciones que figuren definidos en el proyecto de actividad, espectáculo o establecimiento, de acuerdo con la Tabla 2.1. Tabla de Densidades, del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio 3: Evacuación de Ocupantes, del Código Técnico de la Edificación.
La modificación de los anteriores elementos muebles o instalaciones definidos en el proyecto, cuando alteren las zonas de ubicación inicial podrá tener carácter de modificación sustancial si así viene justificado por el informe técnico correspondiente a los efectos de lo dispuesto en la Ley 14/2010, de 3 diciembre, y en este Reglamento.
Para definir el aforo hay que determinar el uso y las diferentes estancias del establecimiento, para determinan la densidad de ocupación:
- Uso Comercial
- Uso Administrativo
- Uso Público
- Uso Residencial Público
- Uso Pública Concurrencia
- Uso Hospitalario
- Uso Residencial Vivienda
- Uso Docente
- Uso Aparcamiento
El aforo en los establecimientos públicos, espectáculos públicos y actividades recreativas que no tengan establecido criterios para su determinación en el Código Técnico de Edificación o en la normativa específica que el sea de aplicación, se establecerá por analogía con alguna de las categorías existentes en el refreído Código Técnico de la Edificación, mediante resolución motivada.
Consultoría y Asesoría Técnica bt2 asociados le redacta el certificado acreditativo de aforo máximo con los planos correspondientes.
¡Disponemos de un equipo técnico preparado y cualificado profesionalmente, con experiencia en la realización del certificado acreditativo de aforo máximo permitido, con los planos correspondientes para cualquier establecimiento:(bar, cafetería, restaurante, oficinas, local comercial, etc) de una forma fácil y segura!
En otras entradas hemos comentado sobre procedimientos de para proyectos de apertura de locales comerciales. Mantente informado en nuestro blog de noticias.
Todas nuestras tarifas están ajustadas para ofrecer el mejor servicio a un precio competitivo, consúltenos sin compromiso, en Valencia y provincia!
Nuestro compromiso marca la
diferencia
Teléfono / WhatsApp: 646 090 202
Web: www.bt2asociados.com
E-mail: info@bt2asociados.com