INFORME URBANÍSTICO MUNICIPAL

 

informe urbanístico municipal Valencia

De cara a agilizar todos los procedimientos municipales relacionados con la apertura de nuevas actividades, con la entrada en vigor de la Ley 6/2014, de 25 de julio de la Generalitat, de Prevención y Control Ambiental de Actividades en la Comunidad Valenciana, establece la necesidad con  carácter previo a la presentación de la solicitud o formulación de los instrumentos de intervención ambiental regulados en esta ley es preceptivo solicitar del ayuntamiento del municipio en el que vaya a ubicarse la instalación, la expedición de un informe acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales relativas al mismo.

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA A APORTAR

Con la solicitud de informe urbanístico municipal Valencia deberán acompañarse los siguientes documentos:

  1. a) Plano georreferenciado para el supuesto de autorización ambiental integrada y plano de emplazamiento para los restantes instrumentos de intervención ambiental, en el que figure la totalidad de la parcela ocupada por la instalación proyectada.
  2. b) Memoria descriptiva de la instalación y actividad con sus características principales.
  3. c) Necesidad de uso y aprovechamiento del suelo.
  4. d) Requerimientos de la instalación respecto a los servicios públicos esenciales.
  5. e) En suelo no urbanizable, certificado catastral y nota simple registral.
  6. f) Fotocopia del D.N.I./ C.I.F. del solicitante o representante.

 

CARACTERÍSTICAS DEL INFORME

Dicho informe, que será vinculante cuando sea negativo, deberá emitirse en el plazo máximo de un mes desde su solicitud y versará sobre los siguientes aspectos:

  • El planeamiento al que está sujeto la finca y su localización sobre plano según el planeamiento urbanístico vigente.
  • La clasificación y calificación urbanística del suelo. En el supuesto que la actividad pretenda ubicarse en suelo no urbanizable se indicará, en su caso, la necesidad de tramitar declaración de interés comunitario.
  • Los usos urbanísticos admitidos y, en su caso, la existencia de limitaciones de carácter estrictamente urbanístico.
  • Las modificaciones del planeamiento que, en su caso, se estén elaborando y que pudieran afectar a la ubicación de la instalación.
  • Las circunstancias previstas, en su caso, en los instrumentos de planificación urbanística para las instalaciones existentes con anterioridad a la aprobación de los mismos.

El informe urbanístico municipal se acompañará en todo caso de certificado suscrito por el secretario/a de la corporación con el visto bueno del/de la alcalde/sa presidente/a del ayuntamiento en el cual se contendrá pronunciamiento expreso sobre la compatibilidad o incompatibilidad urbanística del proyecto con el planeamiento urbanístico.

En caso de que el informe no se emitiera en el plazo señalado, podrá presentarse copia de la solicitud del mismo junto con la solicitud de autorización ambiental integrada. En el supuesto de actividades sujetas a los restantes instrumentos de intervención ambiental regulados en la presente ley, será suficiente que el interesado indique la fecha en que fue solicitado.

El informe emitido fuera del plazo establecido pero recibido con anterioridad al otorgamiento de la autorización ambiental integrada, en caso de ser negativo implicará que el órgano sustantivo ambiental dicte resolución motivada poniendo fin al procedimiento y archivándose las actuaciones.

El informe urbanístico municipal regulado en el presente artículo es independiente de la licencia urbanística o de cualquier otra licencia o autorización exigible en virtud de lo establecido en la normativa urbanística o de ordenación de la edificación.

 

¡Disponemos de un equipo técnico preparado y cualificado profesionalmente, con experiencia especializada en la tramitación de Licencia de apertura, Licencia de actividad y Licencia de obra en Valencia más rápido obteniendo el máximo beneficio!

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DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA UN PROYECTO DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA SIN OBRAS

LOCAL DESTINADO A LA VENTA DE GOLOSINAS, BEBIDAS Y ALIMENTOS ENVASADOS.

 bt2 asociados realiza los proyectos de Comunicación ambiental previa sin obras desarrollándolos de manera que no quede nada al azar ni ningún resquicio que pueda suponer que la falta de un documento, incumpla con la normativa Municipal y que a nuestro cliente se le demore la licencia de apertura de su negocio.

Para ello realizamos los proyectos desglosándolos lo más exhaustivamente posible.

Dentro de la Memoria, analizamos la naturaleza del encargo, los antecedentes del local y las inquietudes del cliente. Así como el objeto de la memoria, el objeto de la actividad, el emplazamiento del local y uso del edificio, la distribución y características del local, superficies del local, alturas, maquinarias y motores, las instalaciones sanitarias, la ventilación, los posibles ruidos y vibraciones, y los vertidos.

bt2 asociados justifica las normativas de aplicación existente tanto la NORMATIVA URBANÍSTICA (P.G.O.U.) como la REGULACIÓN DE LA APERTURA DE ACTIVIDADES EN LA COMUNIDAD VALENCIANA LEY 6/2014.

Clasificamos el local según, el Ruido vibraciones, Olores y/o emanaciones, Contaminación atmosférica, Vertidos, Radiaciones ionizantes, Incendios, Manipulación de sustancias peligrosas, Exposición sobre presión y/o deflagración, Riesgos de Legionelosis.

Documentacion comunicacion ambiental

En todos nuestros proyectos, aplicamos y adjuntamos:

  • La Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades del Ayuntamiento de Valencia, describiendo la finalidad, actividad, normas técnicas de instalación y funcionamiento de la actividad.
  • Las condiciones de protección contra incendios, normativa de aplicación, propagación interior, compartimentación en sectores de incendio, locales de riesgo especial, reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario, evacuación de ocupantes, detección, control y extinción del incendio
  • La normativa de aplicación de las condiciones acústicas para la característica de la actividad, las fuentes sonoras de ruido interno por actividad de las personas, los niveles de perturbación por ruidos y por vibraciones.
  • Calculamos el aislamiento acústico de elementos constructivos, los elementos de separación con elementos colindantes y la justificación de que no se superan los límites de ruido establecidos.
  • La normativa de condiciones de ventilación, el caudal mínimo del aire exterior de ventilación
  • La normativa de aplicación condiciones de accesibilidad al medio físico.
  • El certificado de compatibilidad urbanística de local comercial
  • El informe de circunstancias urbanísticas
  • Documentación gráfica, incorporamos a nuestros proyectos, los planos de: Emplazamiento, superficies, distribución, sección, detalle fachada, accesibilidad, iluminación y protección contra incendios.

Documentacion comunicacion ambiental

 

En bt2 asociados realizamos toda tramitación necesaria de apertura y del proyecto de comunicación ambiental previa sin obras y con obras para actividades recreativas y establecimientos públicos de acuerdo con el modelo que a tal efecto se encuentre disponible en la página Web del correspondiente Ayuntamiento o, en su defecto, el que con carácter general ponga a disposición la Conselleria competente en medio ambiente.

 

¡No olvides que puedes solicitarnos sin compromiso alguno y de manera totalmente gratuita y rápida el presupuesto para la tramitación y redacción del proyecto de comunicación ambiental previa sin obras o con obras, en Valencia y provincia!


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Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, ofrecemos un servicio integral a la hora de obtener su proyecto de comunicación ambiental previa sin obras y con obras en Valencia, así como en todos los municipios de provincia como Torrente, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Puçol, La Pobla de Farnals, Alboraia, Tavernes Blanques, Mislata, Xirivella, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Requena, Utiel, etc

+ Información: https:// goo.gl/GuZ505


ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN LA LEY 12/2012 DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS.

Se incorpora un nuevo procedimiento mediante declaración responsable con la reciente regulación de la Ley 6/2014 , la apertura de locales inmediata y no hará falta esperar al Ayuntamiento.

La publicación el BOE del 27 de diciembre de la Ley 12/2012 establecía, entre otras, una serie de medidas cuyo objetivo era el de “reducir las cargas administrativas que dificulten el comercio y, por otro, dinamizar el sector permitiendo un régimen más flexible de aperturas”.

Apertura de locales inmediata

Mediante esta ley se eliminan todos los supuestos de autorización o licencias municipales previas ligadas a establecimientos comerciales y de servicios con una superficie útil de exposición y venta al público que no supere los 300 m². 

Las actividades para  » apertura de locales inmediata » incluidas en este ámbito de aplicación son las siguientes:

Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles

­   Comercios al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.

­   Comercios al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

­   Empresas de reparaciones de artículos eléctricos para el hogar, vehículos, automóviles y otros bienes de consumo.

­   Actividades anexas a los transportes, como las agencias de viajes.

­   Actividades auxiliares financieras y de seguros, así como actividades inmobiliarias.

­   Actividades de alquiler de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rustica

­   Actividades para servicios personales (lavanderías, tintorerías y servicios similares, salones de peluquería, salones de institutos de belleza y gabinetes de estética, servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicio de fotocopias, servicios de enmarcación.)

 Para este tipo de actividades se sustituye la autorización, por un régimen de control ex post basado en una declaración responsable. El control administrativo pasará a realizarse de forma posterior a la declaración responsable o comunicación previa aplicándose el régimen sancionador vigente.

La flexibilización se extiende también a todas las obras. No será exigible licencia o autorización previa para la realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales para desempeñar la actividad comercial cuando no requieran de la redacción de un proyecto de obra de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

La declaración responsable, o la comunicación previa, deberá contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la normativa vigente, incluido estar en posesión del proyecto firmado por técnico competente en el caso de que las obras que se hubieran de realizar así lo requieran según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre

 

Cuando se conceda la licencia preceptiva o se presente la declaración responsable o la comunicación previa o cuando, no habiéndose solicitado, concedido o denegado aún aquella o presentado éstas, se inicie la construcción, instalación u obra, se practicará una liquidación provisional a cuenta, determinándose la base imponible en función del presupuesto presentado por los interesados.

 

Una vez finalizada la construcción, instalación u obra, y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, el ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa, modificará, en su caso, la base imponible a que se refiere el apartado anterior practicando la correspondiente liquidación definitiva, y exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad que corresponda.

 

La Ley 12/2012 también establece la no-sujeción a licencia los cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios. En estos casos será exigible comunicación previa a la administración competente a los solos efectos informativos.

 

En todo caso, el declarante siempre deberá estar en posesión del justificante de pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo.

 Ley 6/2014 Apertura de locales inmediata

Desde bt2 asociados creemos importante realizar dos consideraciones:

 

  1. Por una parte, la reforma contemplada en la Ley 12/2012 establece un mínimo común denominador para todo el Estado sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, puedan regular un régimen de mayor alcance en la eliminación de cualquier tipo de control previo.
  2. Por otra, desde nuestro punto de vista, la Ley establece un listado de actividades comerciales y de servicios no sujetas a licencia o autorización previa, pero para la delimitación de si corresponde el procedimiento de declaración responsable o comunicación previa, consideramos que se estará a lo regulado en la Ley 6/2014, en concreto al cumplimiento o no de los requisitos establecidos en su Anexo III.

En bt2 asociados realizamos toda tramitación necesaria de apertura de actividades de acuerdo con el modelo que a tal efecto se encuentre disponible en la página Web del correspondiente ayuntamiento o, en su defecto, el que con carácter general ponga a disposición la Consellería competente en medio ambiente.

 

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Más información:  https://goo.gl/b9uwhE

 


AUTORIZACIONES O PROCEDIMIENTOS PREVIOS PARA EL EJERCICIO DE DETERMINADAS ACTIVIDADES

Control ambiental: La entrada en vigor de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana tiene como finalidad el adaptar los instrumentos de intervención ambiental actuales a los nuevos requerimientos legales, limitando la autorización previa a los supuestos de actividades con una elevada o media incidencia ambiental y que por motivos de interés público, se someten a autorización ambiental integrada o a licencia ambiental. Aquellas actividades de escasa o nula incidencia ambiental se incluyen en el régimen de declaración responsable ambiental o de comunicación de actividades inocuas, respectivamente.

No obstante, a pesar del impulso de reducción de cargas y licencias, en el marco normativo sigue existiendo una cierta complejidad y dispersión de procedimientos.

Apertura de negocios y Control ambiental

Procedimientos Control Ambiental:

De cara a agilizar todos los procesos administrativos municipales relacionados con la apertura de nuevas actividades, en los últimos años se han promulgado gran cantidad de disposiciones que han venido a desarrollar y/o modificar la anterior normativa aplicable en la regulación de la apertura de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas en la Comunidad Valenciana, por eso en bt2 asociados estamos especializados en conocer cuáles son los procedimientos administrativos necesarios exigidos para iniciar una actividad económica partiendo de la reciente regulación de la Ley 6/2014, pero también considerando otras disposiciones relevantes. Esto nos obliga con el fin de incrementar la competitividad y calidad de las consultorías técnicas especializadas en la apertura de actividades a realizar cursos de formación específica y estar al día de la normativa vigente a aplicar, de una forma continuada.

Se exige para las actividades de titularidad pública o privada que, no estando sometidas a autorización ambiental, tienen una moderada incidencia ambiental que exige su sometimiento a autorización previa. Son las que figuran en el anexo II la Ley 6/2014.

Se obtiene así la resolución escrita del AYUNTAMIENTO en el que se ubique la instalación por la cual se autoriza la explotación de la totalidad o parte de una instalación o establecimiento.

Ejemplos de categorías más habituales de actividades sujetas a licencia ambiental son: industrias energéticas / energía •producción y trasformación de metales •industrias minerales • gestión de residuos• industrias de papel, cartón, corcho, madera y muebles• industria textil • industria del cuero • industrias agroalimentarias •consumo de disolventes• conservación de maderas y productos derivados• laboratorio de análisis• laboratorios industriales de fotografía • hornos crematorios • campings y similares • lavanderías industriales • instalaciones para limpieza en seco • impresión gráfica• instalaciones para el lavado y engrase de camiones, vehículos pesados y maquinaría industrial • actividades de explotación para establecimiento de camiones, vehículos pesados y maquinaría industrial • fabricación de circuitos integrados • instalaciones y actividades de vehículos utilitarios, etc…

En bt2 asociados sabemos que en el procedimiento de actividades públicas o privadas que, no estando sujetas a autorización ambiental integrada, por su incidencia en el medio ambiente, han de someterse obligatoriamente a algún régimen de intervención preventiva ambiental de competencia municipal, por lo que será necesario incluir un trámite de dictamen ambiental que debe preceder al otorgamiento de la licencia ambiental, dictamen que:

  • En el caso de municipios con población de derecho igual o superior a 50.000 habitantes lo ha de emitir el propio ayuntamiento.

  • En el caso de los ayuntamientos con población de derecho inferior a 50.000 e igual o superior a 10.000 habitantes que carezcan de medios personales y técnicos precisos para su emisión se prevé, con carácter excepcional, que se pueda solicitar su emisión por la Comisión Territorial de Análisis Ambiental Integrado.

  • Para los municipios de población inferior a 10.000 habitantes el dictamen ambiental lo emite la mencionada comisión, salvo que se solicite la delegación del ejercicio de dicha competencia en el caso que se acredite disponer de los medios personales y técnicos suficientes.

Es importante destacar en este apartado que el dictamen ha de completarse con el pronunciamiento del correspondiente ayuntamiento en las materias de su competencia.

Desde bt2 asociados preparamos toda la documentación necesaria para la presentación de la solicitud de la licencia ambiental ante el ayuntamiento en que vaya a desarrollar la actividad.

La solicitud se acompañará, como mínimo, de la siguiente documentación, sin perjuicio de la que puedan establecer los ayuntamientos mediante ordenanza:

  • Proyecto de actividad, redactado y suscrito por técnico competente identificado, y visado por el colegio profesional correspondiente, cuando legalmente sea exigible.

  • Estudio de impacto ambiental cuando el proyecto esté sometido a evaluación de impacto ambiental.

  • Informe urbanístico municipal o indicación de la fecha de su solicitud.

  • Declaración de interés comunitario cuando proceda.

  • Estudio acústico conforme al artículo 36 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Protección contra la Contaminación Acústica, o el correspondiente de la norma que lo sustituya.

  • Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.

  • En su caso, certificado de verificación de la documentación.

En el caso de que sea necesaria la realización de obras, deberá acompañarse el correspondiente proyecto que será tramitado conjuntamente con la licencia ambiental, con el fin de comprobar que estas se ejecutan y desarrollan de acuerdo con la normativa vigente.

El ayuntamiento verificará formalmente la documentación presentada, en el plazo de 20 días, para comprobar si se ajusta a los requisitos establecidos, sin perjuicio de la verificación previa mediante certificación cuando se hayan formalizado los correspondientes convenios a tal efecto entre el ayuntamiento y los colegios profesionales o corporaciones de derecho público correspondiente, o la adhesión a los convenios que hubiere firmado la Generalitat.

En caso de apreciarse alguna deficiencia o insuficiencia en la documentación presentada, concederá al solicitante un plazo, que no podrá exceder de 15 días, en función de las características y complejidad de la documentación requerida, para que la complete o subsane, con indicación de que, si así no se hiciere, se le tendrá por desistido de la solicitud, archivándose las actuaciones

Una vez obtenida la licencia ambiental y finalizada, en su caso, la construcción de las instalaciones y obras, como requisito previo al inicio de la actividad, deberá presentarse comunicación de puesta en funcionamiento acompañada de los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos para el ejercicio de la actividad.

La comunicación de puesta en funcionamiento de la actividad se presentará ante el ayuntamiento que hubiera otorgado la licencia ambiental y se formalizará de acuerdo con el modelo que a tal efecto establezca el ayuntamiento y en defecto de este, con el que con carácter general se ponga a disposición en la página Web de la Consellería con competencias en materia de medio ambiente.

La comunicación se acompañará de certificado emitido por técnico competente de la ejecución del proyecto, en el que se especifique que la instalación y actividad se ajustan al proyecto técnico aprobado.

El ayuntamiento dispondrá del plazo de un mes desde la presentación de la comunicación para verificar la documentación presentada y girar visita de comprobación de la adecuación de la instalación a las condiciones fijadas en la licencia ambiental.

Del resultado de la comprobación se emitirá informe:

  • Si de este se deriva la inadecuación con el contenido de la licencia otorgada, el ayuntamiento requerirá al interesado para que proceda a la corrección de los defectos advertidos, otorgando plazo al efecto en función de las deficiencias a subsanar, no pudiéndose iniciar la actividad hasta que exista pronunciamiento expreso de conformidad por parte del ayuntamiento.

  • Si no se detecta inadecuación con el contenido de la licencia ambiental, se emitirá informe de conformidad, pudiendo iniciarse el ejercicio de la actividad.

Transcurrido el plazo de un mes sin que se efectúe visita de comprobación por el ayuntamiento, podrá iniciarse el ejercicio de la actividad. No obstante, en sustitución de la visita de comprobación, los ayuntamientos podrán optar por exigir que se presente certificado expedido por entidad colaboradora en materia de calidad ambiental (OCA) que acredite la adecuación de la instalación a las condiciones fijadas en la licencia ambiental

En bt2 asociados queremos informarte, asesorarte y gestionar todos los trámites y obras que tienes que realizar para la obtención de la apertura de actividades sujetas a licencia ambiental para su negocio. Además realizamos toda la documentación requerida por el ayuntamiento en el ámbito e su competencia: programas de mantenimiento exigidos para las instalaciones industriales incluidas, plan de autoprotección de lso centros , establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, o norma que lo sustituya, medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas , plan de emergencia, etc…

En bt2 asociados toda tramitación e apertura e actividad inocua se formalizará de acuerdo con el modelo que a tal efecto se encuentre disponible en la página Web del correspondiente ayuntamiento o, en su defecto, el que con carácter general ponga a disposición la Conselleria competente en medio ambiente.

¡Desde bt2 asociados te informamos, asesoramos y gestionamos de los pasos y trámites y obras que tienes que realizar para la obtención de una ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL en Valencia, Castellón y Alicante!

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En bt2 asociados estamos especializados en la redacción de proyectos de apretura de sala de pilates en Valencia y provincia.

Nuestra oferta se basa en un equipo de profesionales, arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros que realizarán el trámite con los Ayuntamientos. Nuestro ámbito de trabajo es en Valencia y alrededores, pero disponemos de Técnicos en todos los puntos de la Comunidad Valenciana, ofreciendo un servicio integral que encuentre la solución más adaptada a los requerimientos de cada proyecto de reforma o proyecto de sala de pilates y obtener así finalmente la Licencia de Apertura de su negocio.

Sala de pilates imagen

En bt2 asociados nos encargamos de todo lo necesario para la tramitación y obtención de la Licencia de Actividad de su Sala e Pilates.

  • Acompañamiento en la elección de su local.
  • Mediciones y estudios previos a realizar en su local: ruidos, contra-incendios, electricidad, climatización, etc.
  • Asesoramiento técnico para llevar a cabo las reformas e instalaciones necesarias para a la adecuación del mismo a la actividad a implantar.
  • Desarrollo del proyecto técnico, así como la dirección de la obra y coordinación.
  • Trámites y gestiones oficiales: Presentación de documentación, gestión de tasas, etc.
  • Seguimiento hasta conseguir la Licencia de Apertura definitiva.

Todos nuestros proyectos están visados por los colegios correspondientes. En bt2 asociados estamos pensamos que el visado colegial logra, de forma proporcionada y no onerosa, el objetivo de asegurar la calidad de los servicios prestados por los profesionales y ayuda a mantener conductas favorables hacia los clientes y usuarios.

El visado previene el intrusismo y garantiza así la seguridad mediante la acreditación de que el profesional que lo firma está adecuadamente habilitado y es competente, que el trabajo consta de la documentación requerida para su correcta tramitación, verificando la integridad documental (que recoge todos los elementos imprescindibles de un trabajo profesional), certificando la identidad de la documentación a visar y controlando su adecuación a las exigencias legales y reglamentarias, reduciendo así los tiempos de espera para la obtención de  la Licencia de Apertura que otorgan los Organismos Oficiales.

En bt2 asociados ofrecemos un servicio de contratación de obras, gestionado por Arquitectos Técnicos con experiencia como Jefes de Obra, en los que buscamos empresas que puedan realizar las distintas partidas del proyecto, realizando un estudio comparativo con las distintas ofertas solicitadas. De esta forma aportamos al cliente un coste real de ejecución y una relación de empresa, con el fin de que pueda determinar la elección e cualquier subcontrata. Una obra bien contratada significa un ahorro económico muy importante para el cliente.

En bt2 asociados aportamos el mejor precio para el mejor servicio ofrecido, dado que los precios establecidos cumplen con las necesidades del cliente.

Asesoramiento y resultado son los fundamentos de esta consultoría técnica, comprometidos a mostrarles soluciones rápidas y asequibles

bt2 asociados le ofrece la elaboración del PROYECTO DE LICENCIA ACTIVIDAD SALA DE PILATES Adaptándonos a las necesidades de cada edificio, para que todos podamos avanzar hacia el éxito. Calidad y profesionalidad nos permiten asumir el compromiso de cumplir sus expectativas y objetivos con la seriedad y empatía que se merece.

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Para más información consulta la web.


TRAMITACIÓN COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA CON OBRAS EN VALENCIA

bt2 asociados es una consultoría técnica especializada en la Tramitación Conjunta de Obras y Licencia Ambiental en Valencia, así como de proyectos de Comunicación Ambiental, y de toda la tramitación administrativa necesaria para la presentación de la misma en el Ayuntamiento, de Valencia.

Según la Actividad a desarrollar en un local, de su impacto ambiental, si se realizan obras o no de acondicionamiento

  • Actividades con TRAMITACIÓN COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA CON OBRAS.

 

En bt2 asociados estamos especializados en realizar la tramitación de comunicación ambiental previa con obras   para la apertura de locales comerciales en Valencia.

En el caso que se requieren realizar obras de adecuación o mejorar las instalaciones en el local, será necesario realizar el procedimiento conjunto de obra + actividad.

comunicacion ambiental con obras

OBRAS TIPO I, Tramitadas por DECLARACIÓN RESPONSABLE

Procedimiento conjunto de Declaración Responsable de Obras Tipo I y Comunicación Ambiental Previa para la Apertura de la Actividad 

OBRAS Tramitadas por el procedimiento de LICENCIA.

Procedimiento conjunto de Licencia de Obras y Comunicación Ambiental Previa para la apertura de actividad

¿Dónde realizo la COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA CON OBRAS EN VALENCIA?

Todos son tramitados en: Servicio de Licencias de Obras en las oficinas del Ayuntamiento de Valencia en Amadeo de Saboya, 11.

La Apertura de una actividad mediante TRAMITACIÓN DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL CON OBRAS, se solicita antes de la implantación de esta actividad.

bt2 asociados registra o visa en el colegio profesional todos sus documentos (a petición del cliente) pues es la garantía que el técnico que lo redacta cumple con todos los requisitos legales para ejercer su profesión.

En bt2 asociados les recomendamos que, si están pensando en montar un negocio, y necesita realizar la Tramitación de Comunicación de Obras y Licencia Ambiental en Valencia para realizar la Licencia de apertura de su local, contacte con una empresa especializada en aperturas de locales comerciales.

bt2 asociados ofrece al cliente la mejor y más completa oferta de servicios técnicos para   la Tramitación de Comunicación de Obras y Licencia Ambiental en Valencia

Los honorarios de una TRAMITACIÓN DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL CON OBRAS EN VALENCIA dependerán de la actividad a implantar, de la superficie, de las obras a realizar o no, y mediante que procedimiento de apertura de actividad se realice. Ver precios orientativos en importe de proyectos apertura actividad en valencia de nuestra página web.

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TRAMITACIÓN CONJUNTA DE OBRAS Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA

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  • Actividades con TRAMITACIÓN CONJUNTA DE OBRAS Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA

 

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comunicacion ambiental previa

IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE OBRA.

A.- OBRAS TIPO I:
Procedimiento conjunto de Declaración Responsable de Obras Tipo I y Comunicación Ambiental Previa para la Apertura de la Actividad

B.- OBRAS TIPO II:
Procedimiento conjunto de Declaración Responsable de Obras Tipo II y Comunicación Ambiental Previa para la Apertura de la Actividad

C.- OBRAS:
Procedimiento conjunto de Licencia de Obras y Comunicación Ambiental Previa para la apertura de actividad

¿Dónde realizo la TRAMITACIÓN CONJUNTA DE OBRAS Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA?

Dependiendo del tipo de obra y del tipo de procedimiento, se tramitan en:

A.- OBRAS TIPO I:
Servicio de Licencias de Obras oficinas del Ayuntamiento de Valencia en Amadeo de Saboya, 11.

B.- OBRAS TIPO II:
Juntas de Distrito

C.- OBRAS:
Servicio de Licencias de Obras oficinas del Ayuntamiento de Valencia en Amadeo de Saboya, 11.

La Apertura de una actividad mediante TRAMITACIÓN CONJUNTA DE OBRAS Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA, se solicita antes de la implantación de esta actividad.

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bt2 asociados ofrece al cliente la mejor y más completa oferta de servicios técnicos para la Tramitación Conjunta de Obras y Comunicación Ambiental Previa en Valencia.

Los honorarios de una TRAMITACIÓN CONJUNTA DE OBRAS Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA EN VALENCIA dependerán de la actividad a implantar, de la superficie, de las obras a realizar o no, y mediante que procedimiento de apertura de actividad se realice. Consulta precios orientativos en importe de proyectos apertura actividad en valencia de nuestra página web.

Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, y realizamos todos los Proyectos y Trámites necesarios para la Tramitación Conjunta de Obras y Comunicación Ambiental Previa en Valencia de su negocio, así como en todos los municipios de provincia como Torrente, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Puçol, La Pobla de Farnals, Alboraia, Tavernes Blanques, Mislata, Xirivella, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Requena, Utiel, etc.

 

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bt2 asociados es una consultoría técnica especialista en la redacción de Proyectos de Comunicación ambiental en Valencia, y de todos los trámites administrativos necesarios para la presentación de la misma en el Ayuntamiento de Valencia.

Según la Actividad a desarrollar en un local, de su impacto ambiental, si se realizan obras o no de acondicionamiento

  • Actividades tramitadas mediante COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA

 

En bt2 asociados estamos especializados en realizar Proyectos de Comunicación Ambiental para la apertura de locales comerciales en Valencia.

Si se precisa realizar obras de adecuación o de mejora de instalaciones en el local, se llevará a cabo el procedimiento conjunto de obra + actividad.

Obra comunicacion ambiental

IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE OBRA.

A.- OBRAS TIPO I:

Procedimiento conjunto de Declaración Responsable de Obras Tipo I y Comunicación  Ambiental Previa para la Apertura de la Actividad

B.- OBRAS TIPO II:

Procedimiento conjunto de Declaración Responsable de Obras Tipo II y Comunicación Ambiental Previa para la Apertura de la Actividad

C.- OBRAS:

Procedimiento conjunto de Licencia de Obras y Comunicación Ambiental Previa para la apertura de actividad

¿Dónde tramito LICENCIAS DE APERTURA EN VALENCIA mediante COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA?

Dependiendo del tipo de obra y del tipo de procedimiento, se tramitan en:

A.- OBRAS TIPO I:

Servicio de Licencias de Obras oficinas del Ayuntamiento de Valencia en Amadeo de Saboya, 11.

B.- OBRAS TIPO II:

Juntas de Distrito

C.- OBRAS:

Servicio de Licencias de Obras oficinas del Ayuntamiento de Valencia en Amadeo de Saboya, 11.

PROYECTO DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL

La Apertura de una actividad mediante COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA, se solicita antes de la implantación de esta actividad.

bt2 asociados registra o visa en el colegio profesional todos sus documentos (a petición del cliente) pues es la garantía que el técnico que lo redacta cumple con todos los requisitos legales para ejercer su profesión.

En bt2 asociados les recomendamos que, si están pensando en montar un negocio, y necesita un Proyecto de Comunicación Ambiental para realizar la Licencia de apertura de su local, contacte con una empresa especializada en aperturas de locales comerciales.

bt2 asociados ofrece la más competitiva y completa oferta de servicios técnicos para Proyectos de Comunicación Ambiental en Valencia a sus clientes.

Los honorarios de un Proyecto de COMUNICACIÓN AMBIENTAL EN VALENCIA dependerán de la actividad a implantar, de la superficie, de las obras a realizar o no, y mediante que procedimiento de apertura de actividad se realice. Ver precios orientativos en importe de proyectos apertura actividad en valencia de nuestra página web.

Estamos instalados en Valencia capital, y realizamos los Proyectos y Trámites necesarios para PROYECTO DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL EN VALENCIA de su negocio, así como en todos los municipios de provincia como Mislata, Xirivella, Torrente, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber,  Puçol, La Pobla de Farnals, Requena, Alboraia, Tavernes Blanques, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Utiel, etc.

 

Contacta con nosotros y te aclararemos cualquier cuestión referente a Proyecto de Comunicación Ambiental Previa

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PROYECTOS DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL SIN OBRAS

 

Si estás pensando en abrir un local comercial, industrial, profesional o de servicios deberás hacer el trámite de solicitud al Ayuntamiento de la autorización municipal para la A
ctividad.

COMUNICACION AMBIENTAL SIN OBRAS

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En bt2 asociados ofrecemos un servicio de calidad a precios muy competitivos para obtener la licencia de actividad de tu local en Valencia y provincia. Somos consultoría técnica especializada en PROYECTOS DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL SIN OBRAS.

LICENCIA SIN OBRAS

En los siguientes apartados te detallamos una serie de documentación que se debe aportar en el caso de tener un Proyecto de Comunicación Ambiental sin obras.

  • Memoria técnica, la cual debe estar suscrita por técnico competente, y también en la misma debe describirse el local del que se trata, sus instalaciones, su Distribución General, el Número de Personas que pueden permanecer en el local, las Instalaciones Sanitarias que posee, qué tipo de Ventilación e Iluminación, Ruidos y Vibraciones, Humos, Gases y Olores, Protección Contra Incendios, Aguas Residuales, Residuos Sólidos y, sobre todo la actividad a desarrollar.

 

Dentro de este apartado, tener en cuenta el CUMPLIMIENTO DE LAS NORMATIVAS DE APLICACIÓN y sobre todo el Código Técnico de la Edificación, en los Documentos Básicos de aplicación:

Justificando la normativa de aplicación en materia de protección contra incendios Documentos

Seguridad en caso de Incendios. DB – SI.

  • Sección SI 1 (propagación interior)
  • Sección SI 2 (Propagación Exterior)
  • Sección SI 3 (Evacuación de Ocupantes)

­   Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación

­   Dimensionado de los medios de evacuación

  • Sección SI 4 (Detección, Control y Extinción del Incendio
  • Sección SI 5 (Intervención de los Bomberos)
  • Sección SI 6 (Resistencia al Fuego de la Estructura)

Así como tener en cuenta entre otras normativas:

Protección frente al Ruido. DB-HR.

Seguridad de Utilización. DB – SU.

  • Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada

Documento básico DB – HR

  • Un certificado de un técnico competente en el que se detalle expresamente la compatibilidad urbanística para la implantación de la actividad, de acuerdo con la normativa urbanística específica aplicable al emplazamiento.

 

  • Un Certificado de un técnico competente en el que debe constar que la actividad se ajustará a la normativa vigente que le sea de aplicación.

 

En bt2 asociados todos nuestros técnicos están colegiados y todos los proyectos son visados a través de los Colegios Oficiales correspondientes de la Comunidad Valenciana. Te ayudaremos, ya que nos podemos encargamos de realizar todos los trámites necesarios para la apertura de tu local, del PROYECTO DE COMUNICACION AMBIENTAL SIN OBRAS, así como de tramitar la autorización correspondiente.

bt2 asociados se encarga de registrar o visar en el colegio profesional todos tus documentos (por supuesto a petición del cliente) pues es la garantía que el técnico que lo redacta cumple con todos los requisitos legales para ejercer su profesión.

En bt2 asociados realizaremos todo el Asesoramiento técnico que necesitas y recomendaremos la mejor solución a las necesidades de cada cliente.

 

Contacta con nosotros y te aclararemos cualquier cuestión referente a PROYECTOS DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL SIN OBRAS para la apertura de locales.  

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COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA bt2 asociados

 En bt2 asociados gestionamos tu proyecto de Comunicación Ambiental Previa en Valencia y alrededores.

 Si tienes intención de abrir un negocio de una actividad inocua, como la que te detallamos a continuación:

Oficinas, pequeños comercios: perfumería, peluquería, despacho de pan, ultramarinos, fruterías, herboristerías, salones de belleza, droguerías, farmacias, oficinas bancarias, ópticas, ortopedias, venta de material informático, venta menor de telefonía móvil, videoclubs, locutorios telefónicos sin juegos en red, pensión, residencia sin comedor, centros de enseñanza no reglada, agencias de viajes, papelería-librería, joyería-relojería, ferretería, zapatería, funeraria, deportes, juguetería, exposición-venta y alquiler de vehículos, clínicas, venta menor de muebles, …

Para obtener una licencia de apertura de una actividad como inocua en Valencia, el procedimiento es más sencillo, dado que el Ayuntamiento solicita la presentación de un Proyecto de Comunicación Ambiental Previa.

COMUNICACION AMBIENTAL PREVIA

Comunicación Ambiental Previa: ¿Que documentación es necesaria?

La documentación requerida por el Ayuntamiento es la siguiente:

  • Copia del DNI del solicitante y CIF, en caso de actuar en nombre de persona jurídica.
  • Recibo de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
  • Copia de la escritura pública del inmueble objeto de la licencia, en caso de ser arrendado el contrato e alquiler
  • Memoria Técnica en la que se describa la instalación y la actividad.
  • Certificado de compatibilidad urbanística o indicación de la fecha de su solicitud
  • Pago de las tasas correspondientes.

 No hay que olvidarse que es necesario que el Proyecto de Comunicación Ambiental, este firmado por técnico competente, debidamente visado por el colegio profesional.

 Si fuese necesario realizar cualquier tipo de actuación en su interior, tendremos que contar con la realización de las gestiones para la petición de la licencia de obra (mayor o menor), mediante un Proyecto de Habilitación de la Actividad.

 Tanto en Valencia como en otros municipios habrá que solicitar el Informe de Compatibilidad Urbanística  Previo,  a la implantación de la actividad.

 PRECIO COMUNICACIÓN AMBIENTAL PREVIA

 La cuantía de un Proyecto de Comunicación Ambiental, se calcula en base a su superficie y el tipo de actividad a implantar.

 La cuantía de un Proyecto de Comunicación  Ambiental   depende de la complejidad o sencillez del  local y actividad.

Si necesita su Proyecto de  Comunicación Ambienta Previa, nosotros nos encargamos de realizar todos los trámites y le asesoramos para que su negocio sea una realidad. 

Puede contactar con nosotros llamando al  96 394 47 77 / 646 090 /202 o utilizando el correo electrónico info@bt2asociados.com

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