LICENCIA AMBIENTAL (DRA):

Tal y como establece la Disposición Derogatoria Única de la Ley 6/2014, de 25 de julio, se deroga el Nomenclátor de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, que con la legislación anterior (Ley 2/2006, de 5 de mayo; y la anterior a ésta, la Ley 3/1989, de 2 de mayo) era el instrumento básico que determinaba a qué régimen de intervención administrativa ambiental estaban sometidas las actividades (calificadas o inocuas, en sudenominación tradicional).

 En la actual Ley, establecido en los anexos de esta, y el procedimiento es el siguiente:

1º. Si la actividad se encuentra incluida en alguno de los epígrafes del Anexo I, el instrumento de intervenciónadministrativa ambiental que le corresponde es la: AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA .

2º. Si la actividad no se corresponde con los epígrafes del Anexo I, pero sí está incluida en alguno de los propios del Anexo II, le corresponde la: LICENCIA AMBIENTAL.

3º. Si la actividad no está incluida en los Anexos I y II, pero incumple algún parámetro de los indicados en elAnexo III, le corresponderá el régimen de la: DECLARACIÓN RESPONSABLE AMBIENTAL.

4º. Hemos comprobado previamente, que la actividad no está incluida en los Anexos I y II, y asi mismo comprobamos que CUMPLE con todos los parámetros del Anexo III, entonces está sometida al régimen de la COMUNICACIÓN DE ACTIVIDADES INOCUAS.

Procedimiento Administrativo Licencia Ambiental bt2asociados

Procedimiento Administrativo Licencia Ambiental

Para conocer el procedimiento administrativo que establece la Ley 6/2014, de 25 de julio, para las actividades sometidas al régimen de la LICENCIA AMBIENTAL, tenemos que atender a lo dispuesto en los artículos 53 a 65.

De forma análoga al anterior, se detallan los documentos preceptivos a adjuntar a la Solicitud (cuando proceda): Proyecto básico de actividad, Estudio de Impacto Ambiental, Declaración de Interés Comunitario, Informe Urbanístico Municipal, Estudio Acústico(teórico), Resumen No Técnico, Certificado de Verificación de la documentación, Programas de mantenimiento para las instalaciones Industriales, Planes de autoprotección, medidas de control para los accidentes graves, y si necesita la realización de obras, el proyecto para su tramitación conjunta; también se acompañarán las autorizaciones o concesiones previas, o formalización de otros instrumentos exigidas por la normativa sectorial (o copia de su solicitud cuando se encuentren en trámite).

El ayuntamiento someterá el expediente a información pública y comunicación a colindantes, si el proyecto estuviese sometido aImpacto Ambiental, este trámite sería único y se ampliaría de 20 a 30 días de plazo mínimo.

Una vez concluido la información pública, el ayuntamiento solicitará los informes que resulten preceptivos conforme a lasnormativas sectoriales de aplicación.

Concluida la tramitación, se elaborará Dictamen Ambiental (por la Ponencia Técnica Municipal o por la Comisión Territorial deAnálisis Ambiental Integrado, según proceda de acuerdo con el artículo 58).

 Emitido éste, inmediatamente el ayuntamiento dará audiencia a los interesados para que aleguen lo que estimen conveniente sobre las condiciones impuestas.

El ayuntamiento deberá notificar la resolución de la Licencia Ambiental en un plazo inferior a 6 meses. Una vez obtenida laLicencia Ambiental y finalizadas en su caso, la construcción de las instalaciones, con carácter previo al inicio de la actividad, deberápresentarse Comunicación de Puesta en Funcionamiento.

Algunos ejemplos de este tipo de actividades mediante licencia ambiental son: hoteles, impresión gráfica, lavanderías, lavaderos de vehículos, taller de chapa y pintura, tintorerías, venta e productos pirotécnicos, campings….

A continuación, se puede observar el diagrama que explica el proceso administrativo, incluyendo la solicitud (potestativa por parte del interesado) del certificado de conformidad:


estudios de seguridad y salud

En bt2 asociados realizamos la redacción de Estudios de seguridad y salud que cumplen con los requisitos establecidos en el R.D. 1627/1997, para realizar la coordinación de obra y colaborar con la dirección facultativa en términos de seguridad.

En su artículo 4 del R.D., se dice que el promotor de una obra de construcción está obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los siguientes casos:

  • Si el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 75 millones de 450.759,08 €.
  • Si la duración estimada de las obras es superior a 30 días laborables, y se estime que el número de empleados trabajando simultáneamente sea superior a 20 trabajados.
  • Si el volumen de mano de obra estimada, sea superior a 500 días, sumando de los días de trabajo del total de trabajadores en la obra.
  • Si se trata de obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

 

¿Qué son los Estudios de Seguridad y Salud?

El Estudio de Seguridad y Salud contiene las medidas de prevención y protección técnica necesarias para la realización de una obra en condiciones de seguridad y salud, y forma parte del proyecto de ejecución y en él se elaboran las hipótesis de trabajo necesarias para realizar todos y cada uno de los elementos proyectados.

¿Para qué sirven los Estudios de Seguridad y Salud?

El Estudio de Seguridad y Salud sirve como base para elaborar el Plan de Seguridad y Salud de las empresas que intervienen en la obra.

¿Quién realiza los Estudios de Seguridad y Salud?

El promotor de las obras designará a un Técnico competente para elaborar el Estudio de Seguridad y Salud de estas, y cuando exista un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste elaborar dicho estudio.

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Contenido mínimo de los Estudios de Seguridad y Salud

Los Estudios de Seguridad y Salud redactados por bt2 asociados incluyen toda la documentación especificada en el Artículo 5 del Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, en el que se establecen las “disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción” y que consta de:

  • Memoria descriptiva, del procedimiento, equipos técnicos, medios auxiliares a utilizar; identificación de los riesgos, descripción de los servicios sanitarios, etc.
  • Pliego de condiciones particulares, teniendo en cuenta la legislación aplicable, y las prescripciones a cumplir con las características, utilización y conservación de las máquinas útiles, herramientas, sistemas y equipos preventivos.
  • Planos y gráficos, de las medidas preventivas.
  • Mediciones de las unidades y elementos de seguridad.
  • Presupuesto de gastos previstos para la ejecución del estudio de seguridad y salud.

 

La finalidad de los Estudios de Seguridad y Salud

La finalidad de la redacción de un Estudio de Seguridad y Salud es establecer las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, aplicando las normas de seguridad y salud en la obra, evitando e identificando los riesgos laborales, indicando qué medidas se aplicarán para eliminar riesgos laborales, así como los que no se pueden eliminar, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas para reducir estos riesgos, valorando la eficacia de las medidas preventivas y de protección.

Estudio básico de seguridad y salud

bt2 asociados le ofrece la elaboración del Estudio de Seguridad y Salud. Adaptándonos a las necesidades de cada obra, para que todos podamos avanzar hacia el éxito. Calidad y profesionalidad nos permiten asumir el compromiso de cumplir sus expectativas y objetivos con la seriedad y empatía que se merece.

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BIM: Futuro o presente

BIM infrestructura

El objetivo de bt2 asociados es innovar y estar al tanto de las nuevas tecnologías para ofrecer siempre el mejor asesoramiento a nuestros clientes.

Este es uno de nuestros pilares básicos, como también la formación de nuestros empleados, el desarrollo de nuevos productos y la investigación.

Es importante adaptarse a los requisitos y condiciones del momento. Por ello en bt2 asociados, gracias al modelo continuo de formación profesional, subvencionamos la enseñanza a nuestra plantilla para que nuestros trabajadores obtengan formación totalmente gratuita.

El pasado martes 17 de mayo, bt2 asociados asistió a las jornadas técnicas, impartidas por el Instituto Valenciano de Edificación, IVE sobre “BIM (Building Information Modeling) “. La nueva metodología para el proyecto, la construcción, el mantenimiento y la explotación de los edificios y las infraestructuras».

BIM infrestructura

BIM jornada

Tecnología BIM

La tecnología BIM va introduciéndose poco a poco en la construcción. Desde la Unión Europea, a través de su Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública, implantará a partir de 2018 el uso de herramientas electrónicas en el proceso de contratación, con especial referencia a instrumentos de información y modelado electrónico de las construcciones en cuanto a las operaciones de contratación de obras y concursos de proyectos.

Estas herramientas generan un modelo virtual en tres dimensiones asociado a una base de datos que permite, a las administraciones que las usan para sus contrataciones, gestionar durante todo el ciclo de vida de la infraestructura, todos los elementos que lo componen, la colaboración de los distintos agentes y los procesos que interceden, ayudando a que la comunicación entre las partes sea rápida y transparente, lo que deriva en una mejora de la producción y reducción de los tiempos y los costes.

Visión BIM

La visión del empleo BIM, es la siguiente:

  • Aumentar la productividad del sector de la construcción y reducir los costes de las infraestructuras a lo largo de todo su ciclo de vida.
  • Mejorar el posicionamiento de la industria nacional y su capacitación en la internacionalización.
  • Introducir el uso de la Metodología BIM en todos los agentes de forma progresiva
  • Aumentar la transparencia en la información.

El objetivo de la estrategia es la implantación de la metodología BIM en las licitaciones públicas a través de la inclusión de requisitos BIM en al mismas. Los horizontes temporales son:

  • Diciembre de 2018: Licitaciones de Edificación
  • Julio de 2019: Licitaciones de infraestructuras

Valoración cualitativa BIM

La valoración cualitativa del sistema BIM, es la siguiente:

  • Es una herramienta de mejora en la gestión de obras
  • Dispone de una metodología de trabajo + ordenada
  • Existe un entorno colaborativo
  • Minimiza los imprevistos en obra (análisis y resolución de colisiones en obras)
  • Mayor eficiencia

Para todo ello es imprescindible una implicación y actitud colaborativa, una implicación desde el inicio de industriales y subcontratistas y un modelo para construir, no solo para reproducir planos.

Finalmente, en cuanto a la valoración cualitativa del sistema BIM podemos detallar:

  • Ahorro en tiempo y dinero detectando incoherencias en el modelo, previo a la ejecución de la obra.
  • Reducción del riesgo de incongruencias.
  • Aumento de la productividad.
  • Esto por el contrario conlleva consigo un coste de implantación.

BIM bt2asociados

Esta jornada forma parte del máster en «Rehabilitación de Edificios y Regeneración Urbana» desarrollado por el Instituto Valenciano de la Edificación en colaboración con la DG de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana de la Generalitat Valenciana y contribuye a la obtención del módulo de «Rehabilitación estructural”.

Rehabilitacion Edificios Valencia


NUEVA REGULACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD EN OBRAS DE EDIFICACIÓN: LG14

 

CAATIE VALENCIA

bt2asociados, con el objetivo de fomentar la formación profesional y empresarial, la seguridad y salud en el trabajo, la calidad, el medio ambiente y la investigación técnica, ha inscrito a sus técnicos a las JORNADA NFORMATIVA en relación a la NUEVA REGULACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD EN OBRAS DE EDIFICACIÓN: LG14, celebrada el pasado 16 de diciembre de 2015 a través del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Valencia

 LG 14 Calidad y Gestion de obras bt2asociados

¿Qué es el LG14?

Es el Libro de Gestión de Calidad de Obra, es un documento que recoge la información referente a los datos y resultados de control de calidad en obra, ya sea ésta de nueva construcción o de rehabilitación.

Estará en formato electrónico, compuesto por:

a) los impresos en donde se reseñarán los datos y los resultados del control, así como su aceptación,

b) el archivo de documentos indicados en el artículo 10 del Decreto 1/2015, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión de la Calidad en Obras de Edificación.

 La Dirección

 LIBRO DE GESTION DE CALIDAD DE OBRA bt2asociados